CLONACIÓN Y MANIPULACIÓN DE EMBRIONES

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Departamento de Microbiología e Instituto de Biotecnología
UNIVERSIDAD DE GRANADA,  España

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PÁGINA 1
  1.     La discusión sobre el estatuto moral del embrión

1.1       ¿Es el embrión preimplantatorio un ser humano individualizado

1.2       Las propuestas de Alonso Bedate

1.3       La suficiencia constitucional en la filosofía de Diego Gracia

1.4       Las paradojas de los valores simbólicos del embrión

 

EN ESTA PÁGINA
2.
     ¿Qué tipo de entidad es un embrión reconstituido por trasplante de núcleo?

3.     El posible doble uso de la tecnología de células madre

4.     La investigación con embriones entre la Ley y el Mercado

4.1       La peculiaridad estadounidense

4.2       El caso de la patente sobre la clonación de células de mamífero

 

PÁGINA 3
5.
     Clonación reproductiva: sus dilemas éticos

5.1       La clonación reproductiva en animales

5.2       Clonación reproductiva en humanos

5.3       Algunas declaraciones y normativas internacionales y nacionales

 

2.    ¿Qué tipo de entidad es un embrión reconstituido por trasplante de núcleo?

La posibilidad teórica que ha llamado más la atención recientemente es la transferencia de núcleos somáticos del paciente a óvulos enucleados. Las desprogramación y reprogramación del núcleo seguiría en sus primeras fases la lógica a lo Dolly: se obtendría un zigoto y embrión artificial. Al llegar a la fase de blastocisto, se obtienen células de la masa celular interna (con lo que se destruye el embrión), y se cultivan en placa de Petri, obteniéndose ES con la información genética nuclear del donante. Finalmente, las ES serían tratadas para diferenciarse a distintos tipos celulares:

 

Neuronas dopaminérgicas en el tratamiento de Parkinson
Células beta del páncreas para diabéticos

Hepatocitos para pacientes con cirrosis hepática.

En resumen, esta es la idea de lo que se ha dado en llamar “clonación terapéutica”: el uso de células clonadas a partir del propio paciente para la realización de autotrasplantes sin problemas de rechazo inmunológico.

En el esquema anterior queda claro que estamos ante una técnica de “doble uso”, ya que el embrión artificial obtenido, transferido a un útero preparado, podría eventualmente originar un ser humano completo, en cuyo caso estaríamos ante una clonación reproductiva verdadera.

 ¿Tiene el mismo estatuto moral un embrión natural en relación a un “embrión reconstituido” a base de transferir un núcleo somático a un óvulo enucleado? ¿Qué clase de entidad y estatuto ontológico y ético tiene ese zigoto-embrión artificial, del cual podríamos derivar células madre pluripotentes capaces de diferenciación en líneas celulares y tejidos compatibles con el donante del núcleo? (Algunos, quizá para dar a entender su diferente estatuto ontológico y moral, han propuesto la denominación de nuclóvulo para la célula resultante de la introducción de un núcleo somático en un óvulo enucleado [16]). No se puede olvidar que se trata de una entidad que no procede de reproducción sexual a través de fusión de gametos, que su información genética nuclear corresponde con la del individuo donante, presentando las mutaciones somáticas que la célula donante haya acumulado; además, su conversión en “embrión” depende de estímulos exógenos artificiales, no siendo totalmente una potencialidad endógena.

Como dice Harold Shapiro [17] , la posibilidad de transferir y reprogramar núcleos somáticos para la clonación de animales (humanos o no) “puso en tela de juicio la opinión ampliamente difundida de que el embrión o el óvulo fecundado tenían una categoría moral superior a la de las células somáticas”. Es decir, si al final resulta que es posible reprogramar las células diploides del organismo, o sus núcleos cuando se transfieren a entornos citoplásmicos adecuados, y convertir esas células en totipotentes, ¿no resulta extraño pensar que esas entidades celulares (eventualmente convertibles en embriones viables si se les suministran las señales adecuadas) adquieren automáticamente la dignidad de personas?. Es posible que incluso los defensores del valor moral del embrión natural procedente de fecundación no vean tan claro la necesidad de hacer lo mismo con las células totipotentes logradas artificialmente, si bien es bastante general la oposición a usarlas en clonación reproductiva. [18]

McGee y Caplan [19] han señalado que la idea de que alguna fase de desarrollo pueda establecer un barómetro moral no aclara nada los problemas morales a los que se enfrenta la investigación con células madre. De hecho, esta investigación lo que hace es ampliar el problema de definir los hechos básicos sobre los embriones, al que ellos se refieren como la cuestión de “qué es lo que hay en la placa Petri”.

1.      Estatuto moral y contexto: no siempre se puede vincular el estatuto moral de una entidad dentro del cuerpo humano con su estatuto fuera de él. (Una célula epidérmica puede convertirse en un embrión al estilo de Dolly).

2.      La noción de viabilidad clínica ha emborronado incluso el debate del aborto, debido a nuevas tecnologías.

3.      No hay un criterio umbral de valor basado en el desarrollo.

La aclaración del estatuto ético-legal de los embriones “sintéticos” por transferencia de núcleos es importante, porque de su resolución en un sentido u otro se derivarán consecuencias para la aprobación o no de los experimentos correspondientes. Por ejemplo, el vigente Código Penal (CP) español, en su art. 161.1 establece castigos para quienes fecunden óvulos humanos con fines distintos a la procreación. La cuestión es que con la transferencia de núcleos somáticos a ovocitos obtenemos “zigotos” y “embriones” que no proceden de fertilización, pero cuyo objetivo no es la reproducción. ¿Se puede extrapolar la prohibición del CP al método de transferencia nuclear? [20] Marcelo Palacios sugiere que “admitiendo que los nuclóvulos no son ‘óvulos fecundados con un fin distinto a la procreación’ (que se prohibe y castiga: Ley 35/88 y Código Penal) su producción con fines terapéuticos no es ilegal” [21].

Un caso que plantea un problema ético espinoso sería el eventual desarrollo viable de embriones híbridos procedentes de la transferencia de núcleos humanos a ovocitos de otras especies. Un informe de que se había logrado de esta manera un embrión empleando como citoplasto un ovocito de vaca no ha podido ser comprobado. Intentos parecidos en ratones con transferencia interespecífica de núcleos no han dado resultados por ahora.


3.
    El posible doble uso de la tecnología de células madre

 De confirmarse la facilidad de acceso y manipulación de las células madre, y teniendo en cuenta lo ya realizado y realizable en animales, la tecnología de células madre y de transferencia de núcleos somáticos con fines no reproductivos, podrían tener el efecto casi inmediato de incentivar aplicaciones reproductivas, es decir, cuyo resultado final fuera un nuevo individuo humano. Con ello se abriría:

 

Clonación de individuos ya nacidos

Quimeras humanas

Transgénicos humanos.

Evidentemente, aquí entramos en otro universo moral, ya que al menos hay que evaluar la legitimidad de traer al mundo individuos predeterminados en su constitución genética y de modos nada convencionales. ¿Se respetan derechos humanos básicos? ¿Atentamos a la dignidad de las personas? Esto será tratado más adelante.

La diferencia moral de estos usos alternativos de las ES queda presente en varios documentos. Por ejemplo, el Informe del Comité de Ética sobre la Clonación de HUGO (Brisbane, 27-30 marzo 1999), que anima a la investigación sobre transferencia de núcleos de células somáticas, pero rechaza radicalmente la clonación reproductiva e incluso la transferencia por corto espacio de tiempo de embriones “artificiales” manipulados en laboratorio. [22] Una postura parecida es la de la Academia Australiana de las Ciencias (4 de febrero de 1999), y del Comité Australiano de Ética de la Salud. 

Por ahora, las declaraciones internacionales y muchas regulaciones nacionales establecen la prohibición de la clonación reproductiva, pero la situación con la no reproductiva está dando origen a posicionamientos e incluso propuestas de reformas de leyes que no previeron esta posibilidad. En Gran Bretaña se está pensando igualmente en adaptar la Human Fertilization and Embriology Act de 1990 a la nueva realidad. [23]

El Informe (1999) del español CNRHA reconoce los posibles beneficios de la clonación no reproductiva, pero anima a avanzar en técnicas que no tengan que recurrir al uso y creación de embriones. Habría que aclarar y volver a redactar el art. 161.2 del Código Penal y de la ley 35/1988.


4.
    La investigación con embriones entre la Ley y el Mercado

Directrices legales sobre embriones en distintos países [24]

País

Situación legal

Alemania

Prohibida

Australia

Permitida investigación con embriones, incluyendo la creación de embriones para investigación

Bélgica

No autorización investigación académica, pero libertad en clínicas privadas

Canadá

No legislación. El MRC financia estudios sobre embriones sobrantes hasta 17 días. Creación de embriones para investigación.

Dinamarca

Prohibida. Embriones sobrantes de FIV se destruyen enseguida

España

Investigación con embriones “no viables” sobrantes de FIV, de hasta 14 días. Para finales de 2000 se espera un informe del comité de reproducción asistida, que probablemente recomiende el uso en investigación de todos los embriones excedentarios, incluidos los "viables".

Estados Unidos

No financiación federal sobre embriones. Libertad en el sector privado. Algunos estados tienen regulaciones restrictivas, y otros la permiten hasta el día 14. Desde mediados de 2000 se suceden los intentos de permitir dedicar fondos federales a usar células madre.

Francia

Permitida la investigación con blastómeros de hasta 14 días, pero no la investigación que suponga su destrucción. Consejo de Estado: recomendación para que se permita investigar en células madre con embriones sobrantes.

Holanda

Investigación sobre embriones sobrantes. Moratoria sobre creación de embriones

Noruega

Prohibida

Reino Unido

Permitida creación de embriones para investigación. Límite 14 días. Recientemente el Gobierno anunció que someterá al parlamento una Ley que permitiría la creación de embriones para clonación no reproductiva.

Probable próxima aprobación de clonación no reproductiva

Suecia

Investigación con embriones sobrantes

En general, se puede decir que la situación en los países de la Europa continental es relativamente restrictiva, mientras que en los países anglosajones, especialmente en EEUU tiende a ser más permisiva. Sin embargo, cabe señalar que la mayoría de normativas se redactaron antes de la obtención de células madre embrionarias humanas, por lo que la percepción de sus beneficios podría llevar a modificar algunas leyes.


4.1
           La peculiaridad estadounidense

Por su interés y por sus diferencias respecto de la perspectiva europea, resumimos el estado de la cuestión y las perspectivas en los EEUU:

En 1993 el Congreso concedió al NIH la autoridad para financiar investigación sobre FIV y embriones. Sin embargo, tras el anuncio ese mismo año de un experimento de partición de embriones humanos, los NIH decidieron una moratoria hasta aclarar aspectos éticos, para lo que encargaron al Human Embryo Research Panel (HERP) un informe. Éste apareció en 1994, y delimitó algunas posibilidades de investigación que se estimaba aceptables para ser financiadas federalmente:

 

Investigación sobre embriones sobrantes de FIV, hasta los 14 días.
 Creación de embriones ex profeso para investigar en áreas clave que presentan promesas científicas y terapéuticas.

Partenogénesis (activación de óvulos no fecundados) siempre que no se transfirieran al útero.Trasplante de núcleos somáticos a óvulos enucleados, sin transferencia del embrión resultante al útero.

Creación de líneas de células madre embrionarias.

Sin embargo, posteriormente el Congreso rescindió su permiso para la financiación de investigaciones con fondos federales sobre estos temas.

Recientemente, con la novedad de la transferencia de núcleos y las promesas de la “clonación terapéutica”, está habiendo intentos de sacar adelante legislación federal que permita emplear fondos públicos, incluida la opinión favorable del Comité Asesor Nacional de Bioética (NBAC) [25] (Como se sabe, los experimentos han sido realizados en empresas, o por grupos universitarios con financiación privada).

El 15 de enero de 1999 el NIH determinó que la prohibición federal no cubría la investigación con líneas de células madre desarrolladas por otros. Pero el director de los NIH, Harold Varmus, anunció que el apoyo se volvía a posponer hasta que hubiera directrices y normativas. [26] A mediados de 2000 se siguen produciendo novedades, ya que los NIH pretenden que se financien federalmente las investigaciones sobre células madre, pero no la obtención de las mismas, que quedaría en el sector privado.

El resultado de esto es que en EEUU, donde el sector privado no se ve afectado por estas discusiones federales, tiene de hecho vía libre para investigar en esta área [27], sin más control científico y ético que el que ellos mismos se quieran imponer y la normativa general que les sea de aplicación, mientras los biológos del sector público se ven “con las manos atadas”, recurriendo en el mejor de los casos a subterfugios basados en convenios con empresas, que les suministran el “material”. [28]

Geron (la empresa propietaria de la tecnología del Instituto Roslin que condujo a Dolly) reunió a un grupo de consejeros bioéticos independientes, sin ninguna vinculación con la empresa, y les encargó la elaboración de un Informe ético sobre la cuestión de las células madre que la empresa estaba desarrollando [29]. Sin embargo, por mucho que el informe tenga puntos positivos, se pueden hacer varias críticas:

 

Al parecer, el informe se elaboró después o en paralelo a la investigación que dio origen a las células madre.

Su diseminación fue pobre en principio.

Críticas generales a los comités de ética de empresas (EAB) y comités internos de revisión (IRB) [30]:

 

Desconocemos los criterios éticos que emplean los IRB para revisar protocolos de investigación
No hay revisión previa al inicio de la investigación

Los comités de empresas privados son privados, pueden funcionar con normas impuestas de la empresa, no están obligados a ser abiertos y a diseminar toda la información

¿Cómo se resuelven los eventuales desacuerdos entre los EAB y los IRB?

El problema en EEUU entonces es:

 

que aún no hay regulación federal

que cuando la haya, lo más probable es que sólo afecte a la investigación realizada con fondos públicos. Los NIH no tienen autoridad sobre la pujante industria de FIV. ¿Dejaremos un mercado libre de productos reproductivos y embriones?

que en última instancia, gran parte de la investigación en un tema ético y social delicado va a estar en manos de empresas privadas, cada una con sus propios criterios “éticos”. No hay ninguna garantía de que la compañía haga caso a un comité que recomiende cosas que vayan en detrimento de su estrategia comercial. [31]

¿Cómo se armonizarían las directrices de diferentes empresas? Lo que puede ser aceptable para una puede ser inaceptable para otra.
Incluso las clínicas privadas de FIV podrían hacer su propia investigación, sin pasar en absoluto por ningún comité. Ya el informe del HERP constató que gran parte de la investigación en FIV se realiza en las propias clínicas con material humano, sin ninguna evaluación. Estas clínicas carecen a menudo de experiencia solvente en investigación básica y biología del desarrollo.
[32]

¿Se crearán mercados libres u ocultos de embriones y células madre? No podemos minusvalorar la fuerza de los intereses comerciales. Incentivos a embriones sobrantes? ¿Incentivos a crear embriones para investigar? 

En resumidas cuentas, lo más probable es que en los EEUU termine por no haber leyes vinculantes para todos, sino normativas para el sector público y autorregulación para el sector privado, con todo lo que esto puede suponer: heterogeneidad de criterios privados, comercialización, presiones del mercado, etc. ¿Cómo es posible que se pueda dejar en manos del mercado cuestiones esenciales para los valores sociales y morales de una sociedad?

Es curioso que Paul Berg, al proponer que se aplique a la clonación el esquema que funcionó bien al comienzo de la era del ADN recombinante (moratoria voluntaria, directrices federales) [33], no se dé cuenta de una difererencia fundamental con la situación al comienzo de la era de la clonación: mientras en la primera el sector biotecnológico privado y empresarial era casi inexistente e irrelevante, ahora la situación es la contraria. ¿Cómo se pretende dejar cándidamente a la buena voluntad de las empresas su propia regulación, ante las fuertes apuestas económicas en juego?

En última instancia, si lo único que cuenta es la autonomía individual, no contrapesada por responsabilidad social y criterios de justicia y bien común [34], no habrá impedimentos legales para una variedad de prácticas:

 

selección de embriones por rasgos triviales

manipulación genética de embriones

clonación reproductiva

Si seguimos sin reflexionar en serio sobre los vínculos entre autonomía y bien común, sólo lograremos afianzar aún más la economía de libre mercado, que invade ahora ámbitos muy sensibles donde se juegan valores clave de lo que consideramos humano. ¿Queremos realmente que el mercado se inmiscuya cada vez más en estos ámbitos? Como dice Lisa Cahill, a lo más que llegará la bioética dirigida por el mercado es a pedir que todos los individuos tengan igual acceso a todas las novedades biotecnológicas y reproductivas que el propio mercado vaya generando. 

En cambio, en Europa se tienen más en cuenta otros factores: dignidad humana, mayor valoración de los embriones, rechazo a la mercantilización de la vida y la reproducción, límites a las presiones del mercado sobre valores sociales y culturales. Y de manera coherente, las legislaciones afectan tanto al sector público como al privado.


4.2
           El caso de la patente sobre la clonación de células de mamífero

Como ejemplo de situaciones conflictivas que se pueden plantear entre las pretensiones de las empresas y los planteamientos legales, comentaremos brevemente el caso del “error” de la Oficina Europea de Patentes (EPO) con la solicitud de patente a la clonación.

 La solicitud (iniciada en 1993 y titulada Aislamiento, selección y propagación de células madre animales transgénicas) la realizaron Austin Smith, de la Universidad de Edimburgo, y Peter Mountord, director científico de la empresa australiana “Stem Cell Sciences” (STS). Dicha empresa había firmado en agosto de 1999 una alianza con el gigante biotecnológico Aventis (derivado de la fusión de Hoescht con Rhône-Poulenc), por el que la segunda garantizaba a la primera el acceso a su tecnología celular de células madre, para que desarrollara cultivos destinados al futuro mercado de terapias regenerativas celulares.

Aunque STS declara que sólo usa ahora células madre de ratón, la solicitud de patente incluía en su texto la frase “el término célula animal pretende incluir a todas las células animales, especialmente a las de especies de mamíferos, incluyendo células humanas”. Por lo visto, la frase no fue leida por los funcionarios, de modo que la patente se concedió, a pesar de que este párrafo entra en conflicto con la propia Directiva Europea de Patentes Biotecnológicas (1998). Como la EPO no puede anular de oficio la patente, serán instancias externas (ya lo ha anunciado Greenpeace) quienes inicien el recurso, cuyo final demorará algunos años.

 Geron Corporation (Menlo Park, California) obtuvo en Mayo de 1999 los derechos sobre la tecnología de transferencia nuclear desarrollada por Roslin Bio-Med Ltd., una empresa montada por el Instituto Roslin de Edimburgo. Como parte del acuerdo, Geron se comprometió a invertir 20 millones de dólares en la investigación del Roslin. El 19 de enero de 2000 Geron anunció la obtención de dos patentes por parte de la Oficina de Patentes del Reino Unido, [35] lo que hizo subir sus acciones un 30%.. Las patentes son:

 

GB2318578: Método de transferencia nuclear usando una célula donadora quiescente para producir células clonadas animales y humanas y animales no humanos clonados.

GB2331751: Patente sobre embriones, animales y líneas celulares usando ese método.

Por otro lado, la Oficina de Patentes de los EEUU ha aceptado a trámite una solicitud de patente de Geron, pero advirtiéndole que no admitirá la patente sobre embriones humanos.

Advanced Cell Technologies (Worcerster, MA), tiene la licencia sobre la única otra patente de tecnología de transferencia nuclear (US 5,945,577), que se concedió inicialmente a la Universidad de Massachusetts en agosto de 1999. La patente cubre clones de mamíferos no humanos producidos a partir de células somáticas que estén en fases diferentes a la quiescencia.

Algunos críticos (como Jeremy Rifkin) han señalado que, dado el bajo estatuto jurídico de los embriones, podría darse el caso de que se pudieran patentar embriones o fetos humanos hasta su nacimiento, cosa harto discutible con las mismas leyes de patentes en las manos.

 

Referencias

[16] P. ej., M. Palacios (2000): “La clonación humana con fines terapéuticos: Algunos aspectos biológicos, éticos y legales”, Diario El País (Madrid), 16 de abril, p. 15.

[17] H. Shapiro (1998): “Sistemas éticos y políticas públicas: la clonación de seres humanos. Un ejercicio de noventa días sobre la ética práctica y profesional”, en En las fronteras de la vida: ciencia y ética de la clonación, Fundación Ciencias de la Salud y Ediciones Doce Calles, Madrid, p. 127.

[18] Una discusión de este tipo de dilemas, en Comité de Expertos sobre Bioética y Clonación (1999): Informe sobre clonación: en las fronteras de la vida, Instituto de Bioética de la Fundación Ciencias de la Salud, Ediciones Doce Calles, Madrid, pp. 154-156. Allí se alude a la ignorancia que aún tenemos sobre la supuesta totipotencialidad de ovocitos enucleados y trasplantados con núcleos somáticos. Parece que este “zigoto” artificial sólo se convertiría en totipotente bajo ciertas condiciones de laboratorio, mientras que el zigoto natural es intrínsecamente totipotente. ¿Permite esta diferencia sacar consecuencias ontológicas y morales distintas para cada tipo de entidad? Pero no se olvide que los recientes experimentos del grupo de Wakayama (Proceedings of the National Academy of Sciences 96: 14984-14989) demuestran en ratón que aunque la célula madre no sea totipotente, su núcleo, inyectado en el ovocito, puede programar la formación de individuos viables. Ello acentúa aún más el potencial de “doble uso” de estas tecnologías.

[19] G. McGee y A.L. Caplan (1999): “What’s in the dish?”, Hasting Center Report 29 (2): 36-38.

[20] Para un análisis de las dificultades legales de este tema, véase el I Informe Anual de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida (1998), pp. 48-49, y el Informe sobre la clonación: en las fronteras de la vida (1999) elaborado por el Comité de Expertos sobre Bioética y Clonación para el Instituto de Bioética de la Fundación Ciencias de la Salud, pp. 230-231.

[21] M. Palacios (2000): “La clonación humana con fines terapéuticos: Algunos aspectos biológicos, éticos y legales”, Diario El País (Madrid), 16 de abril, p. 15.

[22] En otro orden de cosas, este comité, consideró que es inaceptable la creación de embriones para investigación genética, pero aceptaría la creación de embriones en el caso que se demostrase que las células madre derivadas fueran la única posibilidad de desarrollar “labores de investigación … que se consideren beneficiosas para la humanidad de forma indiscutible y general”.

[23] Véase comentario de E. Masood (1999): “Expert group to look at UK law…” Nature 400: 4. En la misma página se puede leer otro comentario sobre la situación en EEUU: M. Wadman (1999): “…as US DNA advisory body redefines itself”, Nature 400: 4.

[24] J.M. Mato (1998): “La ética en las fronteras de la vida: una perspectiva europea”, en En las fronteras de la vida: ciencia y ética de la clonación, Fundación Ciencias de la Salud, Ediciones Doce Calles, Madrid, pp. 78-99. Del mismo autor (1999): “Clonación en mamíferos: realidades y mitos”, Revista de Occidente 214: 33-46.

[25] Véase la autorizada visión del Director del NBAC, Harold Shapiro (1999): “Ethical dilemmas and stem cell research”, Science 285: 2065.

[26] Comentarios sobre una audiencia en el Congreso norteamericano, en E. Marshall (1998): “Use of stem cells still legally murky, but hearing offers hope”, Science 282: 1962-1963 y en J.L. Fox (1999): “Stem cell hearing stirs bioethics debate”, Nature Biotechnology 17: 11.

[27] Para un panorama de las grandes apuestas económicas, véase V. Brower (1999): “Human ES cells: can you build a business around them?”, Nature Biotechnology 17: 139-142.

[28] Véanse los lamentos de uno de los pioneros de las células madre humanas, J. Thomson (1999): “Funding of human embryo research in the US”,  Nature Biotechnology 17: 312.

[29] Geron Ethics Advisory Board (1999): “Research with human embryonic stem cells: ethical considerations”, Hasting Center Report 29 (2): 31-36.

[30] G.B. White (1999): “Foresight, insight, oversight”, Hasting Center Report 29 (2): 41-42; C.A. Tauer (1999): “Private ethics boards and public debate”, Hasting Center Report 29 (2): 43-45.

[31] Son varios los bioéticos que reclaman que se termine esta situación mediante una ley clara que permita la financiación pública de la investigación con embriones bajo controles éticos: M. Wadman (1999): “Ethicists urge funding for extraction of embryo cells”, Nature 399: 292.

[32] S. Krimsky y R. Hubbard (1995):”The business of research”, Hasting Center Report 25 (1): 41-43.

[33] P. Berg y M. Singer (1998): “Regulating human cloning”, Science 282: 413.

[34] Para una discusión de los valores éticos en juego en este tema, con crítica a la absolutización de la autonomía en un contexto de mercado, véase, L.S. Cahill (1999): “The new biotech world order”, Hasting Center Report 29 (2): 45-48.

[35] Véase comentario de V. Glaser (2000): “Geron issued UK Dolly patent”, Nature Biotechnology 18: 256-257.

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