LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA (EURO)

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5.- El euro y el sistema financiero

6.- Los consumidores y el euro

7.- El euro y las empresas

 

5.- EL EURO Y EL SISTEMA FINANCIERO

INTRODUCCIÓN DEL EURO EN EL SISTEMA DE PAGOS Y EN EL SISTEMA BANCARIO

En este apartado se analiza el impacto de la nueva política monetaria de la Unión sobre los mercados interbancarios y sobre las cuentas de tesorería del Banco de España, que son el núcleo donde se liquidan los restantes mercados financieros y los sistemas de pagos de la nación. A continuación se examina la transición al euro en las cuentas corrientes que mantienen abiertas el sector público y otros agentes no bancarios en el Banco de España y su influjo en los cobros y pagos de las Administraciones Públicas. La distribución de los nuevos billetes y monedas y la retirada de los antiguos se abordará posteriormente, procediéndose después a exponer algunos cambios que la introducción del euro provocará en las relaciones de las entidades de crédito con su clientela, tanto en la captación de depósitos y en el suministro de servicios de pago como en el negocio de crédito y préstamo.

 

I. LA POLÍTICA MONETARIA Y LAS CUENTAS DE LAS ENTIDADES EN EL BANCO DE ESPAÑA

El inicio del proceso de introducción de la nueva moneda tendrá lugar el 1 de enero de 1999, cuando el nuevo BCE y los respectivos bancos nacionales integrados en el SEBC cambien sus cuentas a euros e inicien la instrumentación de la política monetaria unificada. Esta transformación arrastrará a los mercados financieros y a los distintos agentes de los países integrados en la Unión en un desarrollo complejo que, con más o menos celeridad, dependiendo de países y mercados, habrá de culminar, en cualquier caso, en el verano del año 2002. Partiendo de que el proceso de la UEM se ajuste a los calendarios establecidos, y de que España, como cabe esperar, forme parte del grupo inicial de países del área del euro, este proceso en el caso español podría discurrir como se describe a continuación:

1. Los mercados monetarios

El día 1 de enero de 1999, el Banco de España cambiará a euros las cuentas de tesorería de las entidades de crédito que sirven para instrumentar la política monetaria y liquidar los sistemas de pagos de la nación. Dichas cuentas deberán ser plenamente operativas en la nueva moneda el 4 de enero, primer día laborable de dicho año.

El comienzo, en esa fecha, de la política monetaria en euros, ocasionará un importante flujo de apuntes en las cuentas de tesorería, creando activos de caja y suscitando nuevas operaciones entre las entidades. El mercado de depósitos interbancarios, que sirve para redistribuir los activos de caja entre las entidades de crédito excedentes y deficitarias de liquidez de base, pasará a negociarse en la nueva moneda. El Banco de España transformará los saldos vivos de los depósitos interbancarios contratados con anterioridad al 1 de enero de 1999 y registrados en el Servicio Telefónico del Mercado de Dinero, liquidando las amortizaciones en euros a su vencimiento.

El inicio de la nueva política monetaria y la conversión al euro del mercado interbancario de depósitos incidirá inmediatamente en los mercados de FRAS, swaps de tipos de interés, call money swaps y otros instrumentos derivados, que utilizan como "activo subyacente" los depósitos interbancarios intransferibles. Los segmentos de estos mercados registrados en el Banco de España serán "redenominados" por el propio Servicio Telefónico del Mercado de Dinero. Los segmentos no formalizados a través de dicho Servicio, probablemente, también se transformarán con rapidez, movidos por la fuerza de arrastre del mercado interbancario.

2. Los sistemas de pagos

Las entidades de crédito disponen de cuentas de tesorería y de cuentas corrientes en las distintas sucursales del Banco de España; movilizando dichas cuentas, liquidan entre sí transferencias de grandes importes que sirven para formalizar transacciones ordenadas por su clientela con valor y disponibilidad en el mismo día. La conversión de estas cuentas al euro implicará que las transferencias de alto valor ordenadas por cuenta de la clientela pasarán a ser formalizadas en euros.

En las cuentas de tesorería se liquida, también, el "saldo neto multilateral" de las cámaras de compensación y otros sistemas que compensan las posiciones bilaterales de los distintos participantes, antes de su asiento y formalización definitiva en el Banco de España. De transcurrir la reforma en el sentido aquí apuntado, la Cámara de Compensación de Madrid y las liquidaciones netas correspondientes al Sistema Nacional de Compensación Electrónica remitirán al Banco de España una cuenta de liquidación en euros, una vez convertido e integrado en la misma el saldo neto de los intercambios en pesetas, si los hubiere. En los procesos de presentación de cheques, letras de cambio, transferencias, domiciliaciones y otros instrumentos, habrán procedido a desglosar el cruce de los instrumentos denominados en pesetas del intercambio de documentos expresados en euros, generando una liquidación en cada denominación. En una fase posterior, transformarán las liquidaciones en pesetas, redenominándolas en euros, las integrarán con las correspondientes al intercambio en euros y las remitirán para su asiento en las cuentas de las entidades de crédito en el Banco de España.

A comienzos de 1999 la principal función de la Cámara de Compensación de Madrid será la gestión de la llamada "segunda sesión", que sirve para formalizar los pagos resultantes de los intercambios reales y financieros de España con el exterior, tales como la liquidación de las pesetas resultantes de las compraventas de divisas, de las compraventas de deuda por no residentes y de la adquisición y cesión de activos financieros por extranjeros. La transformación al euro de los mercados financieros que generan la mayor parte de estas órdenes probablemente aconsejará convertir la moneda de denominación de los intercambios en el inicio del período transitorio. Durante el lapso, probablemente breve, en el que continúen el intercambio y compensación de órdenes en pesetas, la Cámara de Compensación deberá convertir a la nueva denominación las liquidaciones netas obtenidas al cierre de la sesión y enviarlas en euros al Banco de España para su asiento en cuenta.

En las cuentas de tesorería de las entidades de crédito se anotan, asimismo, los asientos de efectivo que sirven para pagar las operaciones contratadas en los mercados organizados de valores y de futuros. Los Órganos Rectores de las Bolsas, los mercados de derivados y los esquemas de cotización "ciega" tendrán que acordar una transformación más o menos rápida de la unidad monetaria de contratación, a tenor de la demanda de los distintos agentes y de las necesidades intrínsecas de los propios mercados. Independientemente de esta decisión sobre los modos de cotización de los valores, el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores y los organismos encargados de establecer los saldos de efectivo resultantes de la contratación habrán de convertir las cuentas de liquidación a euros antes de enviarlas al Banco de España para su asiento, a través de un "convertidor", en el supuesto de que los mercados financieros a los que atienden continúen cruzando las compraventas en pesetas.

En resumen, la conversión de los mercados monetarias al euro, la redenominación de las liquidaciones de efectivo de los distintos mercados de valores y el cambio de las cuentas corrientes de las entidades de crédito en el Banco de España se prevén como transformaciones rápidas, que se iniciarán con la transición súbita al euro de la instrumentación de la política monetaria, de los mercados de activos de caja y de la Central de Anotaciones de Deuda Pública.

 

II. LAS CUENTAS CORRIENTES NO BANCARIAS EN EL BANCO DE ESPAÑA

El Banco de España presta sus servicios de caja al Tesoro Público, a las Comunidades Autónomas y a otros entes públicos. Para llevar a cabo dicha actividad, el Banco abre a estos agentes cuentas corrientes similares en su funcionamiento a las cuentas de tesorería de las entidades de crédito.

En los primeros días de enero de 1999 el Banco procederá a cambiar estas cuentas a euros. Al contrario de lo señalado para las entidades de crédito, dicha transformación no implicará una conversión súbita y masiva de las liquidaciones que genera la actividad económica del sector público y de los demás agentes al euro. Por el contrario, supondría el punto de partida de un cambio más pausado, que implicaría que la mayor parte de la actividad presupuestaria, de liquidación de pagos y de recepción de cobros del sector público, seguiría efectuándose en pesetas hasta el último día laborable del año 2001, fin del período transitorio.

Hasta entonces, las Administraciones Públicas podrán percibir las distintas liquidaciones de impuestos, tasas y demás pagos al Tesoro, y expedir pagos mediante transferencias a los distintos receptores de los mismos por los diversos capítulos del presupuesto en pesetas, sin que apenas se modifique el régimen de liquidación y asiento en cuenta.

Para poder mantener esta continuidad, a pesar del cambio en la cuenta de asiento, se confía en el "desdoblamiento" de las sesiones de intercambio que, probablemente, va a llevarse a cabo en las Cámaras de Compensación y en el Sistema Nacional de Compensación Electrónica. Con la excepción de la "segunda sesión" de la Cámara de Compensación de Madrid, en los demás ámbitos de presentación de transferencias, domiciliaciones y otras órdenes de pago, se va a proceder a duplicar los flujos de intercambio de información, abriendo una sesión para euros y otra para pagos en pesetas. En cualquiera de los dos procesos de presentación, en el supuesto de que la información sobre una orden de pago se procese en una moneda distinta de la que expresó el agente ordenante, el sistema de intercambio transmitirá detalles sobre la moneda original. Esta facilidad permitirá cargar las cuentas corrientes del Banco de España en euros, en cumplimiento, por ejemplo, de una orden de transferencia masiva de devolución de impuestos expresada por la Agencia Tributaria en pesetas, y abonar las cuentas receptoras de los contribuyentes en las entidades de crédito en pesetas o en euros, según la unidad monetaria en que se haya abierto la cuenta, remitiendo información sobre la denominación de la orden original.

Esta facilidad de transmisión permitirá al sector público y, en general, a los clientes del sistema bancario mantener cuentas en pesetas y en euros, denominar indistintamente sus órdenes en las dos expresiones monetarias y modular la transformación de sus cobros y pagos hacia el euro en un proceso más lento y pausado que el que se ha descrito anteriormente para las entidades de crédito y los mercados monetarios. En consecuencia, el sector público irá convirtiendo su actividad económica hacia la nueva denominación, a medida que lo permitan sus sistemas informáticos, desde enero de 1999 hasta junio del año 2002. La única excepción a este criterio general será la emisión de deuda pública y su servicio financiero, que se adecuará a la transformación rápida de los mercados interbancarios.

 

III. EL CAMBIO DE LOS BILLETES Y LAS MONEDAS EN CIRCULACIÓN

Los billetes del Banco de España y las monedas denominadas en pesetas continuarán circulando y teniendo pleno poder liberatorio hasta el 30 de junio del año 2002. A partir de mayo de 1998 1 de enero de 1999, la Fábrica Nacional de Moneda comenzará el proceso de fabricación de los nuevos billetes y monedas, con el formato y el diseño adoptados por el Banco Central Europeo y el Consejo (ECOFIN). En el período de tres años y medio que dura esta fase, el sistema bancario de los Estados miembros de la Unión adquirirá los billetes nacionales emitidos por otro banco central distinto del país de referencia a la par, es decir, a los cambios fijos e irrevocables establecidos el 1 de enero de 1999.

El 1 de enero del año 2002, se iniciará la puesta en circulación, en todos los países de la Unión, de los nuevos billetes y monedas en euros y la retirada masiva de las antiguas emisiones nacionales. Hasta el 30 de junio de dicho año, el sistema bancario recibirá en sus ventanillas los antiguos billetes y monedas, entregará los nuevos sin cargar comisión alguna y trasladará al Banco de España, para su destrucción, los billetes y monedas nacionales. Este proceso comportará cambios considerables en las máquinas expendedoras de efectivo y en los diversos sistemas automáticos de tratamiento y absorción de monedas y billetes, tales como cajeros automáticos, teléfonos, máquinas de distribución automática, etc. Se confía, no obstante, que en el transcurso de los seis primeros meses del año 2002 pueda retirarse, a través del sistema bancario, la totalidad de la circulación fiduciaria denominada en pesetas.

El 1 de julio del año 2002, los billetes y monedas denominados en las anteriores unidades monetarias nacionales -y, entre ellos, los denominados en pesetas- perderán su condición de dinero de curso legal; a partir de esa fecha solo tendrán tal condición los billetes y monedas denominados en euros. Sin embargo, el Banco de España continuará canjeando, con posterioridad a dicha fecha, los anteriores billetes y monedas a la par.

A partir del 1 de julio del año 2002 dejará de circular la peseta y no podrá emitirse ninguna orden de pago ni mantener cuentas abiertas en la antigua denominación en una institución financiera. En consecuencia, la adecuación más o menos rápida al entorno creado por la nueva moneda tendrá siempre como horizonte efectivo dicha fecha máxima de mediados del año 2002.

 

IV. LA ACTIVIDAD DEL SISTEMA BANCARIO CON SU CLIENTELA

La repercusión de los cambios sobre las relaciones del sistema bancario con su clientela, tales como la concesión de créditos, apertura de cuentas corrientes, domiciliación de pagos y cobros y otros actos jurídicos, es un tema abierto sujeto a debate en los distintos Estados miembros de la futura UEM. Obviamente, en todas las aproximaciones y en todas las posturas sobre este particular ha de regir el principio general acordado en la cumbre de Madrid de "no obligación, no prohibición" del uso del euro en la contratación bilateral no normalizada por "mercados organizados" -siempre con la fecha tope del 1 de julio del año 2002-. La contratación de créditos y depósitos del sistema bancario con sus clientes es una relación bilateral a la que se aplica plenamente dicho principio y que, por lo tanto, se adaptará a las demandas de dicha clientela y a las formas de comercialización y competencia de las distintas instituciones presentes en los mercados bancarios de cada nación.

Hecha esta salvedad, las primeras impresiones apuntan a que el sistema bancario español va a tender a responder a los retos que supone la redenominación de la moneda con el criterio básico de atender las demandas de sus clientes durante el período de transición.

En el negocio de pasivo, esto significa abrir cuentas en euros, sin ninguna restricción, a los depositantes que las demanden.

Asimismo, el sistema bancario mantendrá cuentas en pesetas e irá transformándolas progresivamente al euro, sin que ello impida emitir y recibir pagos mediante transferencias, domiciliaciones, etc. denominadas en moneda distinta de la que está designada en el contrato de cuenta corriente. Para ello, en los sistemas de intercambio y compensación de documentos se transmitirá información sobre la moneda en la que inicialmente se ha expresado la orden. Esta facilidad permitirá abonar y adeudar las cuentas corrientes de los depositantes en la moneda que ellos han designado para recibir o emitir órdenes de pago, aunque estas órdenes hayan sido denominadas originalmente en otra moneda. Por ejemplo, no habrá ningún problema en recibir en una cuenta en pesetas una transferencia de intereses de deuda pública anotada denominada en euros. La cuenta será abonada en pesetas, y en el justificante del cobro aparecerá el valor de la orden original expresada en euros por la Central de Anotaciones. Esta facilidad operativa, que estará a disposición de los bancos y las cajas que lo deseen, otorgará una gran flexibilidad a las operaciones del sistema bancario, sin que sea necesario disponer de una doble contabilidad.

La competencia en el mercado bancario español llevará, probablemente, a que las relaciones de captación y gestión de pasivo, y los servicios de pago prestados por las entidades de crédito a los depositantes gocen de una amplia flexibilidad. De hecho, algunas instituciones ya han manifestado su interés en utilizar esta línea de servicios a sus clientes como una forma de mejorar la eficiencia, proporcionar un mejor servicio a sus depositantes e incrementar su presencia en el mercado.

El negocio de activo, básicamente créditos y préstamos, irá transformándose paulatinamente a medida que discurra el lapso que va del comienzo del año 1999 al 1 de enero del año 2002. El principio de continuidad de los contratos supondrá que, poco a poco, vaya desapareciendo, a su vencimiento, la contratación expresada en pesetas y surgiendo nuevos contratos en euros. Una u otra denominación de las transacciones no impedirá su disposición y materialización en la moneda que se desee, como ya se ha comentado para las cuentas corrientes que sirven para movilizar las operaciones de activo.

Las dos principales excepciones a este cambio, dominado en su intensidad por la vida residual de los contratos, vendrán dadas por los créditos sindicados, que previsiblemente se convertirán a euros con rapidez, y por los préstamos hipotecarios, que poseen un período de maduración muy superior al horizonte de tres años en el que discurre este proceso de transformación. Para estas últimas operaciones dominará el principio de continuidad, de manera que a partir del 1 de enero del año 2002 se cambiará al euro, por mandato de la ley, sin afectar para nada a las relaciones de los clientes con las entidades de crédito prestamistas.

 

V. LA ADAPTACIÓN DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO DURANTE EL PERÍODO TRANSITORIO.

El sector financiero es una pieza básica en la introducción del euro, en la medida en que las empresas y los particulares podrán mantener cuentas bancarias en euros y ejecutar contra ellas todo tipo de operaciones comerciales y financieras. En general, deberá estar imperativamente preparado para operar simultáneamente en euros y pesetas a partir del 1 de enero de 1999. Es previsible que sólo un número pequeño de clientes estén interesados en realizar operaciones en euros desde el inicio de la tercera fase, tales como filiales de multinacionales europeas, inversores internacionales, compañías exportadoras y otros usuarios que operen en un entorno multidivisas. En este sentido, el sector financiero español ha asumido el reto de la moneda única y ha avanzado considerablemente sus trabajos preparatorios. Los contactos establecidos con la Asociación Española de la Banca Privada (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) confirman esta situación.

Ambas asociaciones iniciaron su trabajo de preparación al euro en 1993, estableciendo grupos de trabajo internos para una adecuada planificación de las acciones que deberán adoptar los distintos departamentos bancarios. Dichos grupos han estudiado por un lado cuestiones generales, tales como aspectos legales relacionados con las cláusulas contractuales que habría que incluir para garantizar la continuidad de los contratos, o el impacto de la introducción de la moneda única en los mercados de capitales, tanto de renta fija como variable. Sin embargo, su trabajo se ha centrado prioritariamente en la elaboración de sendos manuales operativos que sirvan de guías internas a las entidades asociadas para la puesta en marcha de los cambios necesarios en cada uno de los departamentos de las entidades financieras. La AEB publicó a principios de 1997 un "Manual para la implantación operativa del euro", que contiene un análisis detallado de todos los cambios que tendrán que adoptar los bancos en todas y cada una de las áreas operativas: contabilidad, operaciones internacionales, banca electrónica, cuentas centralizadas y relaciones con la Administración. En las próximas semanas, publicarán una actualización del mismo.

La CECA publicará próximamente un manual para la implantación del euro de contenido similar, atendiendo sin embargo a las especifidades de las cajas de ahorro españolas y su tamaño dispar, así como su gran dispersión geográfica e implantación en el mundo rural.

Por otro lado, dichas asociaciones tienen contactos regulares con el Banco de España, en el seno de un grupo de trabajo técnico, con el fin de definir distintos aspectos de la implantación de la moneda única tales como la futura política monetaria en la tercera fase de la UEM, el sistema TARGET así como otros aspectos de las relaciones corrientes de las entidades financieras con el Banco emisor relativos a aspectos de supervisión. Finalmente, en los primeros meses de 1997 se han cerrado acuerdos interbancarios que determinan las futuras relaciones entre las distintas entidades financieras en aspectos operativos como aceptación de cheques, transferencias interbancarias u operaciones con tarjetas.

En general, el sector financiero español considera que se encuentra técnicamente preparado para la introducción de la moneda única. El presente Plan Nacional para la Introducción del euro permitirá determinar con prontitud la forma de operar durante el período transitorio, para conocer con mayor exactitud el tiempo del que disponen para realizar los cambios informáticos y administrativos programados. Existen dudas sin embargo, en cuanto a los costes y beneficios finales derivados de la Unión Monetaria. Todas las entidades reconocen que se desenvolverán en un entorno de mayor crecimiento e integración de los mercados financieros y que operarán en una divisa presumiblemente más atractiva para los inversores de la zona fuera del euro. Es previsible por tanto que se amplíen las oportunidades de negocio, exista una mayor demanda de créditos y pasivos financieros y disminuya el coste de financiación de los recursos. Se producirán también efectos negativos, tales como la pérdida de ingresos en operaciones intra UE, por la existencia de una mayor competencia, y la asunción de costes asociados a la introducción del euro.

 

VI. LOS MERCADOS ORGANIZADORES DE VALORES. LA CNMV

El sector financiero en sus operaciones mayoristas operará en euros desde el inicio del período transitorio de la Unión Monetaria. En primer lugar, porque vendrán expresadas en euros las operaciones derivadas de la instrumentación de la política monetaria y las cuentas de tesorería que las instituciones financieras mantienen en el Banco de España. En segundo lugar, los mercados de deuda pública se expresarán en euros debido a la obligación de emitir la deuda en euros y a la previsible voluntad del Tesoro español de convertir a euros los saldos vivos de la misma.

Los mercados organizados españoles de valores y de productos derivados (Bolsas de Valores, AIAF, Meff renta variable y renta fija y Futuros de cítricos y mercadería) y el Servicio de Compensación de Valores ya han declarado su intención de llevar a cabo la cotización, contratación y liquidación en euros desde el inicio del período transitorio, así como permitir la redenominación de las emisiones de renta fija, si así lo desean los emisores implicados.

La CNMV posibilitará la recepción de información de las empresas supervisadas tanto en euros como en pesetas. Su preferencia es adaptarse de una forma temprana al euro, en línea con el sector financiero mayorista y los mercados de valores. Es consciente, sin embargo, que una parte del sector irá adoptando el euro de forma gradual. Y que también tendrá lugar de forma gradual la redenominación de valores. Por lo tanto la CNMV aceptará información tanto en pesetas como en euros. Con la preferencia de la CNMV a recibir la información en euros, el sector relacionado con los mercados de valores puede verse incentivado a realizar una adaptación temprana al euro, lo cual contribuiría a que las transiciones fueran más ordenadas y no se acumulará al final del período transitorio.

 

6.- LOS CONSUMIDORES Y EL EURO 

El euro, la moneda del siglo XXI, será muy pronto la moneda de uso común en España y en el resto de la Unión Europea. Un medio económico y financiero lleno de ventajas que nos hará sentir más fuertes y más europeos que nunca, porque nos facilitará todos los contactos, comunicaciones e intercambios con Europa.

Con el euro se abren para todos nuevas oportunidades. A partir de 1999, cada vez más empresas y bancos empezarán a operar en euros. Y nosotros, los ciudadanos de a pie, seguiremos utilizando nuestras monedas nacionales en la vida diaria hasta el año 2002, fecha en la que el euro nos abrirá definitivamente todas las puertas de una nueva Europa aún más próspera y competitiva. Porque el euro es el valor de la unión. Descúbralo a partir de ahora.

 

I. UN POCO DE HISTORIA

El trueque fue la primera forma de llevar a cabo los intercambios comerciales...

Luego llegó la llamada "moneda natural", una mercancía preciada, aunque abundante, cuyo valor estaba más o menos convenido: sal, ganado, herramientas, armas... Poco a poco, las primeras piezas metálicas realmente consideradas como monedas evolucionaron en su diseño hasta llegar a su actual forma circular.

En 1856, cuando se creó el Banco de España, había 15 bancos emisores y 21 monedas diferentes en nuestro país. En 1868, nació la peseta. Un Decreto de aquel año establecía que sería la unidad monetaria "en todos los dominios españoles". Este Decreto también fijaba los metales, peso y ley de las distintas piezas, según las especificaciones técnicas de la recién creada Unión Monetaria Latina (1865), de la que formaron parte Francia, Italia, Bélgica, Suiza y Grecia. La Unión Monetaria Latina -primer intento de crear una moneda única europea- dejó de ser efectiva con el inicio de la I Guerra Mundial y fue formalmente disuelta en 1927.

Tras la II Guerra Mundial los intentos de crear una Europa única se reanudaron. Se creó la Comunidad Económica Europea, que dio origen a la actual Unión Europea, dentro de la cual nace el euro, la moneda que, a partir de 1999, será un símbolo de la fortaleza económica de Europa.

 

II. PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL EURO Y SU CALENDARIO

1.- ¿Qué es el euro?

El euro es el nombre de la que será la nueva moneda de aquellos países de la Unión Europea que a partir de enero de 1999 se incorporen a la Unión Monetaria.

2.- ¿Por qué sustituir las monedas de los países por el euro?

Porque los ciudadanos y empresas europeas obtendrán importantes ventajas y beneficios si todos operan en la misma moneda.

3.- ¿Todos los países de la Unión Europea empezarán a compartir el euro y sus ventajas a partir de 1999?

Inicialmente sólo aquellos países con una economía saneada y una baja inflación que no ponga en peligro el éxito de la integración monetaria europea, podrán hacer del euro su moneda.

Así, todos los países que aspiren a compartir el euro desde 1999 tendrán que acreditar en la primavera de 1998 la buena salud de sus economías (bajos tipos de interés, baja inflación y finanzas públicas saneadas).

España y los demás países de la Unión Europea deberán realizar los esfuerzos necesarios para aprovechar la singular oportunidad que ofrece el euro y poder disfrutar de sus ventajas desde el inicio.

4.- En la práctica, ¿cómo se va a llevar a cabo la sustitución de las actuales monedas por el euro en los países que lo adopten inicialmente?

En dos etapas: una primera etapa transitoria y una segunda de culminación. La diferencia fundamental entre ellas es que en la primera no estarán disponibles los billetes y monedas en euros.

 

ETAPA TRANSITORIA: DEL 1 DE ENERO DE 1999 AL 1 DE ENERO DEL 2002

Comenzará el 1 de enero de 1999 con la fijación del "precio" o tipo de conversión inamovible del euro en términos de las monedas de los países participantes. En nuestro caso, esto quiere decir establecer cuántos euros obtendremos a cambio de nuestras pesetas.

La fijación del "precio" del euro se decidirá por unanimidad de los Estados Miembros que inicialmente adopten la moneda única, y será obligatorio legalmente desde el 1 de enero de 1999.

A partir de esa fecha, nosotros y los demás países participantes podremos utilizar el euro en nuestras transacciones, aunque para todos los cobros y pagos en metálico tendremos que seguir usando nuestras monedas y billetes hasta el 1 de enero del año 2002, fecha a partir de la cual circularán los nuevos billetes y monedas.

¿Por qué monedas y billetes en pesetas durante esta etapa transitoria y no monedas y billetes en Euros?

Por el tiempo que requiere la fabricación de los nuevos billetes y monedas. Sólo producir el 65% del total de los billetes y monedas necesarios, supone imprimir más de 8.000 millones de billetes -de 500, 200, 100, 50, 20, 10 y 5 euros-, y acuñar más de 20.000 millones de monedas -en piezas de 2 y 1 Euros y piezas de 50, 20, 10, 5, 2 y 1 céntimos de euro-, con un peso total aproximado de 40.300 toneladas.

Por lo tanto, hasta que finalice la producción de billetes y monedas en euros, seguiremos utilizando nuestras pesetas para los pagos y cobros en efectivo.

Sin embargo, la no disponibilidad física de los nuevos billetes y monedas no impide la utilización del euro durante la etapa transitoria, ya que la mayor parte de los cobros y pagos que se realizan diariamente no se liquidan en efectivo sino a través de otros medios (abonos en cuentas mediante cheques o transferencias bancarias).

Durante esta etapa transitoria, el uso del euro será voluntario para los agentes económicos. Por ejemplo, a partir del 1-I-99 podremos abrir cuentas bancarias en euros. Ahora bien, para realizar la conversión peseta-euro, sólo se podrá aplicar el tipo de conversión fijado legalmente puesto que el precio del euro en pesetas será inamovible y único.

 

ETAPA DE CULMINACIÓN: DEL 1 DE ENERO DEL 2002 AL 1 DE JULIO DEL 2002.

A partir del 1 de enero del año 2002 ya podremos ampliar el uso del euro a los cobros y pagos en metálico, pues para entonces ya se habrán puesto en circulación los billetes y monedas en euros.

Durante esta etapa de corta duración -no más de 6 meses- los poseedores de billetes y monedas nacionales podrán canjearlos por billetes y monedas en euros gratuitamente, con la cooperación de los Bancos centrales nacionales y entidades financieras colaboradoras.

A partir del 1 de enero del año 2002, todos los contratos, deudas, obligaciones, derechos, etc., de contenido económico que estuviesen denominados en pesetas a esa fecha, quedarán legalmente denominados en euros -sin ningún tipo de trámite por parte de los interesados- al "precio" o tipo de conversión inamovible del euro en pesetas, obligatorio desde el 1 de enero de 1999.

Finalmente, a partir del 1 de julio de ese año 2002 -como muy tarde- sólo podremos utilizar los euros y el proceso de sustitución de nuestras tradicionales monedas por el euro habrá concluido. Esto significa que a partir de esa fecha la peseta dejará de ser la moneda de curso legal en España. Sin embargo, durante cierto tiempo, aún se podrán canjear las pesetas por euros en las oficinas del Banco de España.

 5.- ¿Cómo afectará a nuestros ahorros la sustitución de las pesetas por euros?.

Positivamente. Ya que al pertenecer a un área monetaria con baja inflación nuestros ahorros ( ya sea en forma de cuentas corrientes o de ahorro, depósitos a plazo, acciones u obligaciones, ... etc.), sufrirán una menor "erosión" monetaria.

6.- Y los ingresos, ¿experimentarán algún cambio a causa de la sustitución de la peseta por el euro?

No, la mayoría de nuestros ingresos: sueldos, salarios y pensiones seguirán expresados en pesetas hasta el uno de enero del 2002. Eso sí, desde el 1-I-99. todos estos ingresos serán, al aplicarles el tipo de conversión , equivalentes a una cantidad expresada en euros. De igual forma, cualquier ingreso denominado en euros será equivalente a una cantidad en pesetas. Finalmente, a partir del 1-I-2002, todos nuestros ingresos vendrán denominados en euros.

7.- La introducción del euro, ¿alterará el nivel general de precios?

No, por el simple cambio de denominación, los precios no experimentarán ninguna variación. La única diferencia visible será la utilización de euros y su subdivisión decimal, el céntimo.

8.- ¿Afectará la sustitución al poder adquisitivo de los ciudadanos?

Nuestro poder adquisitivo se mantendrá intacto, ya que ni el nivel general de precios, ni nuestros ingresos experimentarán variación alguna. Podremos seguir comprando exactamente lo mismo que comprábamos antes de la sustitución de la peseta por el euro.

9.- Y los términos de los contratos anteriores al 1 de enero de 1999 cuya vida se extienda más allá de esta fecha, ¿se modificarán cuando el euro sustituya a la peseta?

Todos los contratos que en su día fueron pactados en pesetas -ya sean contratos de trabajo, de títulos valores, deudas o de cualquier otro tipo- seguirán siendo válidos en los mismos términos en que fueron acordados (cuantías, tipos de interés, plazos de amortización, etc.).

Aunque no se alteren las relaciones contractuales, los cobros y pagos a que den lugar dichos contratos podrán realizarse en euros a partir del uno de enero de 1999 siempre que las partes así lo acuerden y siempre que la transacción se liquide mediante un abono/cargo en cuenta.

10.- Si la sustitución de la peseta por el euro no altera aspectos relevantes para los ciudadanos (ahorros, ingresos, poder adquisitivo, términos de los contratos, etc.), ¿cuáles son las ganancias de esa sustitución?

La introducción del euro tendrá efectos positivos en múltiples aspectos de nuestra vida diaria, veamos algunos de ellos.

Una parte importante de los bienes que consumimos no proceden de España. El hecho de que los importadores no tengan que efectuar cambios de moneda para adquirirlos y, por lo tanto, se ahorren las comisiones que llevan aparejadas estas operaciones, conllevará una moderación en el precio de estos bienes.

Pero también, la eliminación de la incertidumbre que supone no conocer la evolución futura del "precio" de la peseta en otras monedas incentivará el comercio entre los países de la Unión, ampliando la oferta a nuestra disposición, incrementado la competencia y permitiéndonos comparar fácilmente los precios de los distintos productos. Todo ello tendrá un efecto disciplinante sobre la evolución de los precios.

Los beneficios potenciales del Mercado Único Europeo (eliminación de barreras y obstáculos al comercio de bienes, prestación de servicios y circulación de capitales) se verán acrecentados notablemente.

Por otra parte, la estabilidad de precios derivada de la implantación del euro favorecerá a aquellos colectivos que perciben rentas fijas, como los pensionistas, y a aquellos que disponen de ahorro; colectivos que por lo general ven "erosionada" su situación económica en épocas de inflación elevada.

Finalmente, será posible viajar por todos los países miembros sin cambiar de moneda.

 

III. LO QUE CAMBIARÁ CON EL EURO

El primer cambio será que tendremos un nuevo medio de pago: billetes y monedas en euros, que sustituirán a los correspondientes en pesetas.

Otro cambio muy visible que se implantará gradualmente -a partir del 1 de enero de 1999-, será la expresión en euros -y céntimos de euro- de toda la información que veníamos recibiendo en pesetas.

Todas las grandes empresas, los Bancos, las oficinas tributarias, etc. están renovando ya sus sistemas informáticos para que cada ciudadano -consumidor o usuario- reciba en el año 2002 directamente, en euros, sus tickets de caja, sus resúmenes bancarios, sus nóminas, sus pensiones...etc.

Saber cuánto vale, en euros, un producto o servicio, será muy sencillo. Sólo tendrá que dividir su coste en pesetas por la equivalencia que se fije entre pesetas y euros. Esta equivalencia no está establecida todavía, aunque sí se sabe que los tipos de conversión se adoptarán en forma de un euro expresado en términos de la moneda nacional. Este tipo de conversión tendrá seis cifras significativas.

Así, suponiendo un tipo de conversión de 165,242 pesetas por euro, sólo deberá dividir la cantidad en pesetas entre 165,242 y sabrá a cuántos euros equivale.

Por el contrario, -y siguiendo con el ejemplo de 165,242 pesetas por euro- si ve el precio de un producto en euros y quiere saber la equivalencia en pesetas, solo tendrá que multiplicarlo por 165, 242.

 

IV. LO QUE SEGUIRÁ IGUAL CON EL EURO

En nuestra vida diaria muchas cosas seguirán igual después de la introducción del euro.

Por ejemplo, no se alterarán los términos de los contratos de trabajo ni los de alquiler de vivienda ni los de suministros, agua, teléfono, electricidad,. etc.

Tanto los sueldos, salarios y pensiones, como los ahorros que hayamos acumulado se mantendrán exactamente igual. Tampoco aumentarán los precios de los productos y servicios. Por lo tanto no variará nuestro poder adquisitivo.

Igual que ahora, podremos seguir invirtiendo en los productos habituales que nos ofrecen las instituciones financieras : deuda pública, libretas de ahorro, acciones y obligaciones de empresas, fondos de inversión, etc.; sin embargo, muchos activos financieros estarán denominados en euros a partir del uno de enero de 1999 (por ejemplo toda la deuda pública). Eso sí, podremos seguir hasta el año 2002 dando órdenes de compra/venta en pesetas y tendremos que familiarizarnos con la equivalencia legal euro-peseta.

 

7.- EL EURO Y LAS EMPRESAS

Un estudio realizado en Enero de 1996 sobre 169 compañías de la Unión Europea concluye que "cerca del 75% considera que una mayor integración en forma de unión monetaria perfeccionaría el Mercado Interior y supondría la consecución de beneficios añadidos como menor inflación, menores tipos de interés, mayor estabilidad de la moneda, ahorro de costes, aumento de la eficiencia, incremento de la inversión extranjera y una Unión Europea más competitiva".

Se constata, además, que un número considerable de empresas de la Unión Europea han iniciado ya los trabajos preparatorios para la introducción de la moneda única, analizando las implicaciones concretas tanto sobre su estrategia empresarial como sobre su organización interna.

La Cámara de Comercio e Industria alemana indica en un estudio fechado en septiembre de 1995 que una de cada tres empresas de ese país había organizado grupos internos de trabajo sobre la Unión Monetaria y una de cada ocho había modificado su política de inversión de acuerdo con el nuevo escenario económico que supone la moneda única.

El sector empresarial europeo es, por lo tanto, consciente de que en un futuro muy próximo debe afrontar un reto que le puede colocar en una posición ventajosa a nivel internacional y que, además, supondrá una mejora del entorno económico en el que habitualmente opera.

La constitución de una unión monetaria entre los quince países de la Unión Europea es una oportunidad sin precedentes para las empresas españolas. La duración del proceso de transición a la moneda única permitirá a las empresas efectuar los cambios que consideren convenientes para maximizar los beneficios que se deriven del perfeccionamiento del Mercado Interior. Sin embargo, a pesar del apoyo del sector empresarial al proceso de construcción de la Unión Monetaria, pocas empresas parecen disponer de la información suficiente para afrontar adecuadamente el reto de la introducción del euro.

El papel de las Administraciones nacionales es proporcionar asesoramiento y una información rápida y adecuada que ayude a las empresas a tomar las decisiones correctas en cuanto a qué hacer, cuándo y cómo hacerlo.

 

I. CÓMO HEMOS LLEGADO A ESTE GRADO DE CONCIENCIACIÓN: EL PROCESO DE INTEGRACIÓN EUROPEO

El proceso de integración comunitaria comienza en la década de los cincuenta, con unos objetivos explícitos mucho menos ambiciosos que los actuales, e implicando a sólo seis países.

Desde entonces, el éxito neto del proceso ha empujado a una profundización de la integración entre un número de países cada vez más amplio.

España se incorpora al "club" europeo en 1986, tras un dilatado período de acercamiento, y con su entrada se inicia, asimismo, una década de importantes avances, con dos hitos fundamentales:

La entrada en vigor del Acta Única en 1987, que amplia los objetivos de la Comunidad al fijar como nueva meta la realización de un verdadero mercado interior- es decir, un "espacio sin fronteras interiores", en el que debe quedar garantizada la libre circulación de mercancías, personas y capitales y la libre prestación de servicios, mediante la adopción por parte de los países miembros de un conjunto de casi 300 disposiciones, contenidas en el denominado Libro Blanco.

La firma del Tratado de Maastricht (7-2-1992), fundamentado en la constatación de que la maximización del aprovechamiento de las ventajas que ofrece la realización del Mercado Interior, exige avanzar en la integración a través de la consecución de una Unión Económica y Monetaria.

Según se recoge en el Tratado, la Unión Económica y Monetaria se alcanzará en tres fases o etapas. En la tercera y definitiva de estas etapas, el Tratado deja abiertos varios aspectos, entre ellos, la fecha concreta de inicio y finalización y los pasos detallados a seguir para la introducción de la moneda única, elemento fundamental de la Unión Económica y Monetaria, que será objeto de desarrollos posteriores.

En la Cumbre de Madrid (reunión de los Jefes de Estado y de Gobierno con ocasión de la finalización de la Presidencia española) en diciembre de 1995, quedaron despejadas numerosas incógnitas:

El nombre definitivo de la futura moneda única: EURO, lo que era psicológicamente importante e inaplazable.

Se concreta el inicio de la 3ª etapa de la UEM, 1 de enero de 1999, y la fecha límite para la conclusión del proceso, 1 de julio de 2002, elementos de certeza ambos, largamente demandados por los mercados.

Se define el año sobre el cual se realizará la selección de los países que se incorporarán inicialmente a la UEM. Será el año 1997, y la selección se realizará lo más pronto posible en 1998. El Tratado fija la fecha tope de julio de 1998 (con posterioridad, se decidió que la selección se realizaría en abril de 1998).

Por último, entre lo destacable, se fija el Escenario para la introducción de la moneda única, concretándose los diferentes subperíodos del proceso UEM.

  

II . LA CUENTA ATRÁS PARA LAS EMPRESAS: CÓMO ABORDAR EL "PROYECTO EURO"

A) CUÁNDO INICIAR LA "TRANSICIÓN" HACIA LA MONEDA UNICA

De acuerdo con el escenario descrito con anterioridad, las empresas cuentan para su particular proceso de adaptación con un período que abarca desde el 1 de enero de 1999 hasta el 1 de enero del año 2002.

El escenario aprobado en Madrid para la introducción de la moneda única se debe entender como un marco de actuación para las empresas. El escenario no incluye, y no pretende ser, un calendario específico de adaptación al euro para las empresas como agentes individuales. De hecho, se caracteriza por la flexibilidad que brinda en cuanto a qué hacer y cómo hacerlo, recayendo la responsabilidad de la decisión en la propia empresa. Las empresas son, por lo tanto, libres de utilizar o no el euro desde el 1 de enero de 1999, de acuerdo con el principio de "no prohibición, no obligación".

 

FUNCIONAMIENTO DEL PRINCIPIO DE "NO PROHIBICIÓN, NO OBLIGACIÓN"

DURANTE EL PERÍODO TRANSITORIO

El así denominado principio de "no prohibición" implica que no debe existir ninguna prohibición legal al uso del euro cuando las partes así lo decidan y quede incluido en los acuerdos que formalicen. Por otra parte, la aplicación del principio de "no obligación" supone que ninguna de las partes de un acuerdo puede exigir unilateralmente el uso del euro, a menos que así quede recogido en el acuerdo.

Esto se traduce en la práctica como la existencia de una distinción entre los contratos ya existentes y los que se formalicen durante el período transitorio.

De esta manera, los contratos ya existentes de todo tipo permanecerán denominados en la moneda nacional hasta el 1 de enero de 2002, a menos que se llegue a un acuerdo mutuo en contrario o que se incurra en alguna de las excepciones recogidas en el Estatuto Legal del Euro.

Para los nuevos contratos será posible, si embargo, elegir la moneda de denominación de los mismos: moneda nacional o euro, debiendo decidirse por las partes en el momento de formalizar el contrato.

Veamos cómo puede afectar el principio de "no prohibición, no obligación" a ciertos tipos de contratos:

Contratos entre empresas. Como ya hemos señalado, los contratos actualmente en vigor no cambiarán la moneda de denominación, a menos que ambas partes de mutuo acuerdo decidan cambiar la denominación al euro. Para los nuevos contratos, las partes tendrán que decidir la moneda de denominación a la hora de elaborar el contrato. En cualquier caso, si la parte con mayor poder de negociación insiste en la utilización del euro, esto no supondría un problema para las pequeñas firmas en cuanto que los bancos estarían en disposición de hacer las oportunas conversiones.

2. Contratos laborales. Los contratos existentes mantendrán su actual denominación hasta el 1 de enero del año 2002, momento en el que deben ser obligatoriamente "traducidos" a euros, a menos que ya lo hayan sido con anterioridad a esa fecha por acuerdo de los agentes implicados en el seno de la empresa.

Por otra parte, será posible para las empresas formalizar los nuevos contratos de trabajo en euros, aunque, en este caso, se deberán atener a lo que dispongan las legislaciones nacionales a este respecto. Evidentemente, la posibilidad de formalizar los nuevos contratos en euros y de cambiar la denominación de los ya existentes también dependerá de la rapidez con que el sistema bancario empiece a operar en euros y a ofrecer servicios en la nueva moneda.

3. Otro tipo de contratos, como los de suministro de gas o electricidad. De igual manera a los anteriores, los contratos ya existentes conservarán su actual denominación hasta el 1 de enero del año 2002, y los nuevos contratos podrán denominarse en euros, si las partes así lo deciden y la legislación nacional no recoge disposiciones en contrario.

En cuanto a las transacciones que se efectúen con el consumidor final, éstas presentan características especiales dado que no exigen la formalización previa de un contrato y necesitan del mutuo consentimiento de las partes en el momento en que se llevan a cabo. En cualquier caso, ninguna de las partes podrá exigir el uso del euro con anterioridad al 1 de enero del año 2002.

La decisión sobre el calendario preciso para cada empresa depende de un conjunto de factores, pero todos los agentes, antes o después, tendrán que llevar a cabo una serie de ajustes. Parte del sector bancario, sector que por la naturaleza de su actividad debe estar a la cabeza del proceso de ajuste, y un cierto número de empresas han iniciado ya el proceso interno de preparación. Estos agentes prefieren no esperar a esa fecha del 1 de enero de 1999, sabiendo que pueden obtener ventajas siendo los pioneros en la adaptación, como, por ejemplo, detección de nuevas oportunidades de negocio que, indudablemente, surgirán asociadas al proceso, o la obtención rápida de experiencia en operar en euros.

La decisión clave es cuándo iniciar los ajustes. Evidentemente, las empresas necesitan información sobre ciertos aspectos esenciales para decidir la estrategia de ajuste, de manera que existe un riesgo en empezar demasiado pronto si hay determinadas incertidumbres. Sin embargo, hay mayor riesgo en posponer la decisión supone mayor riesgo: posibilidad de incurrir en costosas adaptaciones de última hora, afrontar cuellos de botella en la demanda de determinados servicios, perder la oportunidad de diseñar una estrategia a largo plazo o desaprovechar la aparición de nuevos nichos de mercado.

En cualquier caso, el calendario y el contenido de la adaptación a la moneda única va a ser decidido por el mercado, y esto quiere decir que pocas empresas tendrán total autonomía para decidir el qué, cuándo y cómo de la adaptación. Los ajustes se llevarán a cabo en función del ritmo que impriman al proceso sus competidoras, sus clientes y sus suministradores y en función del comportamiento del consumidor, que puede demandar una aceleración de los cambios, e, incluso, de la rapidez con que el sector bancario se adecue al nuevo escenario y ofrezca servicios financieros denominados en la nueva moneda. Así pues, existe una importante interdependencia entre todos los agentes implicados en el proceso.

Analicemos más detenidamente cuáles son los factores que deben ser tenidos en cuenta y adecuadamente valorados por cada empresa a la hora de decidir el momento del período transitorio en que empezará a usar el euro.

En primer lugar, la empresa debe analizar las características del entorno en el que se desenvuelve su actividad. Como ya hemos señalado antes, debe tener en cuenta la estrategia de sus competidores, el comportamiento de sus clientes y la actitud del resto de los agentes con los que mantiene cualquier relación (sector bancario, Administraciones Públicas, etc.).

En segundo lugar, la decisión también dependerá de las características propias de la empresa: el tamaño de la firma, la naturaleza del producto que vende o del servicio que presta, el grado de exposición al exterior y el grado de contacto con el consumidor final, entre otros.

En cualquier caso, podemos definir un conjunto de factores que actúan a favor del uso del euro durante el período transitorio y un conjunto de factores que aconsejarían el retraso en el uso del euro hasta el 1 de enero del año 2002.

Entre las razones por las que una empresa podría desear utilizar el euro con anterioridad al 1 de enero del año 2002 estarían las siguientes:

1. El acceso a servicios financieros denominados en euros: La consecución de la Unión Monetaria puede derivar en que el euro se convierta en una moneda vehicular del comercio internacional, esto es, moneda habitual de denominación de los pagos derivados de transacciones internacionales, e, incluso, en una moneda "ancla" a la que otras monedas no pertenecientes a la Unión Europea se liguen para definir su política de tipo de cambio. Esto llevará a que el euro sea una moneda dotada de gran protagonismo en el comercio internacional, de manera que los mercados financieros podrían preferir una transición rápida de las monedas nacionales al euro.

El resultado final sería un incremento paulatino de la liquidez y profundidad de los mercados en que se negocien activos denominados en euros con respecto a aquellos en los que se negocian activos denominados en moneda nacional, además de la previsible aparición de nuevos instrumentos financieros.

El incremento de la liquidez, profundidad y la aparición de nuevos activos podría significar la disminución de los costes de financiación para las empresas que operen en euros, de manera que las empresas desearían adelantar su uso.

2. La simplificación del comercio y la inversión entre los países de la Unión Monetaria: La implantación de la moneda única traerá consigo la eliminación del riesgo de cambio entre las monedas de los países de la Unión. Para las empresas que lleven a cabo operaciones comerciales o de inversión resultaría más sencillo denominar todas sus operaciones en una sola moneda, el euro, que trabajar con diferentes monedas nacionales.

3. La simplificación de las relaciones entre matrices y filiales: Las empresas que operen a través de filiales en otros países miembros se beneficiarán de la simplificación que supone utilizar una sola moneda en la contabilidad y en los documentos internos.

4. La obtención de beneficios derivados de ser "pionero" en el uso del euro: Esto se hace más evidente en empresas que operen en el sector financiero o bancario, pero es también aplicable a cualquier otro sector. El ser pionero en el uso del euro no sólo permite estar preparado para satisfacer las nuevas demandas que aparezcan en el marco del cambio de escenario económico sino que también crea una imagen de empresa dinámica. Es probable que a medida que transcurra el período transitorio, el mercado juzgue crecientemente a las empresas por su grado de adaptación a las nuevas circunstancias, de manera que un "retraso" en esta adaptación pueda ser considerado como un signo de ineficiencia, pudiendo la empresa ser objeto de una penalización en términos de mayores costes financieros de sus pasivos o disminución del precio de sus acciones.

5. La existencia de proyectos con un período de maduración superior a la duración del período transitorio: En este caso, las empresas pueden preferir desarrollar todas las actividades relacionadas con este tipo de proyectos en euros, evitando redenominaciones posteriores.

6. Evitar posibles cuellos de botella: El cambio al euro supondrá la adaptación de la base informática y de, probablemente, numerosos procesos de decisión dentro de la empresa. Es conveniente, en este caso, contar con cierto margen de actuación para evitar ineficiencias derivadas de la aparición de cuellos de botella y evitar costosas adaptaciones de última hora.

Pero, como ya hemos señalado, también existen una serie de factores que actúan a favor de un retraso en el uso del euro hasta el final del período transitorio y que deben ser igualmente tenidos en cuenta y valorados a la hora de tomar la decisión:

1. Las transacciones que exigen el uso físico de moneda, seguirán denominándose en moneda nacional hasta el 1 de enero del año 2002, por lo tanto, las empresas que efectúen una mayoría de operaciones de este tipo estarán poco incentivadas a efectuar un cambio rápido hacia el euro.

2. Si el cambio de denominación al euro no es total, existe un coste en disponer de sistemas que permitan una doble denominación. Si la empresa no puede efectuar el cambio de una sola vez, es decir, si es inevitable que durante un período coexistan operaciones denominadas en moneda nacional y en euros, entonces la empresa debe disponer de un sistema que permita mantener esta doble denominación. Esto tiene, si embargo, fácil solución: utilizar "convertidores", como los que se contemplan para el sector bancario.

3. Posibilidad de beneficiarse de la "experiencia" de empresas que sí hayan sido pioneras en el uso del euro. En cuanto que todas las empresas deben hacer un esfuerzo similar de adaptación, existe la posibilidad de aprender de experiencias previas si se decide retrasar el uso del euro. Además, con el tiempo, probablemente se sistematicen los servicios de asesoría, de manera que se oferte en el mercado un "paquete" completo de servicios de adaptación al euro o, en cualquier caso, las empresas implicadas perfeccionen los servicios ofertados con este fin.

 

B) CÓMO ABORDAR EL "PROYECTO" EURO

El paso a la moneda única debe ser abordado por la empresa como un proyecto de inversión y desarrollado como tal.

A pesar de que existe una importante interdependencia entre todos los agentes implicados en el proceso, la decisión de qué hacer, cómo hacerlo y cuándo hacerlo es responsabilidad única de cada empresa. Así pues, es esencial diseñar una estrategia y contar con una infraestructura básica que permita dar una respuesta óptima al reto que supone la introducción de la moneda única.

La estrategia que se analiza a continuación está siendo utilizada por un cierto número de empresas multinacionales y ofrece una base sobre la que diseñar una estrategia "personalizada".

Cronológicamente, se organiza en cuatro fases:

1. En una primera fase, los esfuerzos han de orientarse a recopilar, de manera selectiva, la mayor cantidad de información posible sobre la Unión Monetaria.

La Cumbre de Madrid proporcionó a las empresas un escenario para la introducción del euro. Sin embargo, existen todavía aspectos por definir y, por lo tanto, es esencial conocer rápidamente las decisiones que se tomen en determinados ámbitos, como el Estatuto Legal del Euro, que pueden afectar al desarrollo que cada empresa haga del "proyecto" euro. Así pues, los puntos de partida son:

la Unión Monetaria es un proceso "vivo".

es necesaria una adaptación continua y un acercamiento al proceso que permita definir claramente los impactos de cada una de las nuevas decisiones.

2. Si la intensidad de los cambios a los que se enfrenta la empresa así lo aconseja, se debería disponer de un departamento en la estructura organizativa dedicado, total o parcialmente, al proyecto euro, con las siguientes funciones:

llevar la iniciativa del proceso dentro de la empresa.

coordinar las actividades relacionadas con el euro del resto de los departamentos.

realizar la labor de información y formación dentro de la empresa.

y los siguientes objetivos:

identificar y valorar el impacto de la introducción del euro en los diferentes departamentos.

definir la estrategia adecuada, junto con un calendario y un presupuesto.

implementar dicha estrategia.

 

III. PROPUESTA DE ORGANIGRAMA PARA EL "PROYECTO EURO"

  

EL "PROYECTO" EURO EN LAS PYMEs

La Comisión Europea y la Administración española son conscientes de que la transición al euro de las pequeñas y medianas empresas reviste características especiales, dada la limitada dotación de recursos financieros, técnicos y humanos de que disponen y el elevado porcentaje de ellas que suele mantener un contacto continuado con el consumidor final.

La Comisión está trabajando en la actualidad en el diseño de un programa de adaptación específico para las PYMEs, con un tratamiento más detallado de determinados aspectos que les son de especial interés. Asimismo, la Administración española, dentro de la Campaña de Comunicación del Euro, tiene previstas acciones de información y asesoramiento específicas para este colectivo.

 

IV IMPACTO DE LA INTRODUCCIÓN DEL EURO EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA EMPRESA

La introducción de la moneda única no sólo supone un cambio del entorno económico en el que opera la empresa. Por su impacto en los diferentes departamentos de la empresa, es, también, una oportunidad para incrementar la eficiencia de la empresa como corporación.

 

A) EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO FINANCIERO Y DE TESORERÍA

Estos departamentos probablemente sean los primeros en sentir los efectos de la introducción de la moneda única:

Eliminación del riesgo de cambio en las transacciones que impliquen a monedas de países de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 1999 y reducción del riesgo de cambio con respecto a las monedas de países terceros si, como se prevé, el euro se convierte en moneda vehicular del comercio internacional y en "ancla" de otras monedas.

Debe considerarse, por lo tanto, esta nueva circunstancia y asegurarse que los contratos más afectados (los contratos de derivados, por ejemplo) recojan la fecha de inicio de la Unión Monetaria. Además, en la medida en la que venga recogido en el propio contrato, podría plantearse si es conveniente una renegociación de los contratos a tipo de interés fijo.

Transformación de los mercados financieros, en cuanto que aparece una nueva divisa que, en principio, alcanzará gran protagonismo y en cuanto que desaparece o se reduce el riesgo de cambio, según consideremos monedas de la Unión Europea o no. Por lo tanto, el concepto de rendimiento de los bonos se verá afectado, y factores como el riesgo crediticio, la liquidez del mercado o las diferencias impositivas pasarán a tener mayor ponderación en las decisiones de inversión y financiación en detrimento del riesgo de cambio.

Por otra parte, las empresas deben considerar la posibilidad de denominar las nuevas emisiones de papel comercial en euros e, incluso, si es conveniente la redenominación del stock de deuda ya existente.

Además, las empresas se beneficiarán de la mayor transparencia del mercado y de la potencial mayor disponibilidad de instrumentos financieros.

Efectos sobre los mercados de acciones. Es posible que los mercados organizados de acciones decidan una rápida transición a la moneda única. Las empresas deben tener en cuenta las preferencias de los accionistas, que quizás se inclinen por percibir los dividendos denominados en moneda nacional hasta el año 2002.

Efectos sobre los fondos de pensiones. La desaparición del riesgo de cambio estimulará la diversificación de la cartera, provocando los lógicos ajustes.

Por último, la moneda única permitirá una reducción de los costes financieros, tanto por la desaparición de ciertas comisiones bancarias como por pasar a operar en un entorno que, en nuestro caso, se caracterizará por tipos de interés más reducidos, y una simplificación de las operaciones habituales de los departamentos financiero y de tesorería. Puede que todos los cambios señalados aconsejen una reorganización de ambos departamentos.

 

B) EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FISCALIDAD

En primer lugar, cabría señalar que los saldos en monedas de la Unión Europea pueden experimentar variaciones de valor como consecuencia de la diferencia entre el tipo de cambio vigente cuando se adquirió esa posición neta exterior (o el que se haya tenido en cuenta para su contabilización) y el que se deriva de la fijación irrevocable del tipo de cambio el 1 de enero de 1999. Esos posibles beneficios o pérdidas podrán ser objeto de imposición, según la legislación nacional aplicable, y deberán ser debidamente contabilizados, siguiendo las normas contables vigentes en cada país.

Por otra parte, todavía han de clarificarse las reglas que regirán el cumplimiento de las obligaciones fiscales y contables de las empresas en cuanto a la moneda de denominación de las mismas durante el período transitorio. La intención de la Administración Pública española es permitir una cierta flexibilidad en este sentido.

Las empresas deben analizar si es necesario efectuar cambios, y en caso afirmativo, de qué naturaleza, en el soporte informático y en el equipo humano del departamento de contabilidad (cursos de formación) durante el período transitorio en el caso de que decidan utilizar tanto la moneda nacional como el euro. De todas maneras, este análisis se hará inevitable cuando el euro se configure como la única moneda con status legal y físico.

Por último, hay que tener en cuenta las reglas que seguirá el "redondeo", reglas que están incluidas en el Reglamento (CE) núm. 1103/97 del Consejo de 17 de junio de 1997.

 

C) EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO COMERCIAL Y DE MARKETING

La implantación de una moneda única en los países de la Unión Europea supone el "perfeccionamiento" del Mercado Interior. Una vez eliminadas las barreras físicas, fiscales y técnicas al comercio de mercancías, a la prestación de servicios y a la circulación de personas con la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de las disposiciones incluidas en el Acta Única, el obstáculo más notable al comercio es la imposición de usar diferentes monedas, con las trabas que ello lleva aparejado.

Así pues, el euro "acerca" a las empresas españolas un mercado potencial de 370 millones de consumidores, y este cambio tiene que ser incorporado a la forma de actuación del departamento comercial y de marketing. No todos los sectores empresariales se van a ver igualmente afectados, pero todos afrontarán los siguientes cambios:

En primer lugar, se incrementará la transparencia de precios, de manera que será más difícil mantener precios relativamente más elevados para mercancías similares. Esto afectará, sobre todo, a mercancías "estandarizadas", con alto valor añadido y/o con transporte fácil o no costoso, y en las zonas fronterizas.

Las empresas tendrán dos alternativas: (i) operar en mercados segmentados, es decir, que en realidad no estén abiertos a todos los productores-competidores, ya sea porque se apliquen reglas fiscales o especificaciones técnicas discriminatorias (circunstancia que está destinada a desaparecer) o porque la propia empresa sea capaz de segmentar el mercado diferenciando su producto, creando una demanda propia, y (ii) disminuir el precio de venta.

En este marco, se prevé el desarrollo de grandes centrales de compras con actividad en toda Europa y la ampliación de las redes de distribución.

En enero del año 2002, los precios deberán ser "traducidos" a euros, aplicándose las reglas del redondeo incluidas en el Estatuto Legal del Euro.

Las empresas deben ser conscientes del importante papel que desempeñan en este proceso de adaptación a la nueva moneda por su contacto con el consumidor final, llevando a cabo esta "traducción" de la manera más transparente y sencilla posible.

Por ello, también ha sido sugerida la posibilidad de mantener un sistema de precios dobles (presentar los precios en moneda nacional y en euros) durante el período transitorio e incluso después de la aparición física de las monedas y billetes en euros, con dos objetivos: (i) didáctico, esto es, acostumbrar al consumidor a "pensar" en euros, y (ii) como forma de asegurar al consumidor que el cambio de denominación de moneda nacional a euros es una simple "traducción", no debiendo implicar por sí misma ni subidas ni disminuciones de precios.

Las empresas deben considerar la posibilidad de un doble etiquetado o la expresión del precio en euros y en la moneda nacional en la misma etiqueta y la posible modificación del software.

La Comisión Europea está examinando en la actualidad cuál es el mejor mecanismo para la introducción de un sistema de precios duales.

 

D) EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y DE FORMACION

Una de las funciones que se le han encomendado al "departamento EURO" es la responsabilidad de informar y formar al resto de los departamentos de la empresa. Estas dos actividades son esenciales para que la transición a la moneda única se complete de manera exitosa. En este sentido, tres áreas deben ser adecuadamente cubiertas:

El primer grupo objetivo es el personal más implicado en el proceso de adaptación, esto es, el perteneciente a los departamentos de tesorería, financiación, contabilidad e informática.

Por otra parte, a partir del 1 de enero del año 2002 todo el personal de la empresa operará en euros, de manera que deben preverse cursos de formación generalizados.

Por último, aparte de la formación dirigida al desarrollo de la actividad profesional, el personal demandará información sobre los efectos de la introducción del euro en salarios, pensiones, etc.

 

E) EFECTOS SOBRE LA INFORMÁTICA EMPRESARIAL

Como se ha hecho evidente, la informática será un instrumento básico de apoyo en el proceso de transición. En este marco, todos los programas que incorporen información financiera deberán ser objeto de modificaciones.

A continuación se analizan algunas de las conclusiones a las que han llegado un conjunto de empresas que han efectuado una valoración del impacto que la introducción de la moneda única traerá conmigo.

 Los resultados provisionales indican que la magnitud del impacto dependerá de:

si el software utilizado es estándar o se ha diseñado de acuerdo a las necesidades particulares de la empresa, siendo más costoso en este último caso, dado que las empresas informáticas ya han diseñado, en algunos casos, programas de adaptación a la moneda única, compatibles con los programas estándar.

si los programas son capaces de operar en varias monedas.

la antigüedad de la infraestructura informática, ya que a mayor antigüedad, mayor dificultad existe en adaptarla.

 

V. DISEÑO DE LA ESTRATEGIA Y DESARROLLO

Una vez determinados los impactos sobre cada uno de los departamentos de la empresa, le corresponde al "Departamento EURO" valorar el peso de los factores que se han señalado a la hora de analizar cuándo iniciar la transición y decidir el calendario preciso, además de definir un presupuesto para el "Proyecto EURO".

Por último, al desarrollar dicha estrategia conviene tener en cuenta la posibilidad de crear grupos de trabajo a nivel departamental que actúen como apoyo.

 

LA INVERSION EN EL PROYECTO EURO

Así pues, la preparación de las empresas para la introducción de la moneda única, el euro, hay que enfocarla en los mismos términos que cualquier proyecto de inversión: cambio de coordenadas, adaptación y rentabilidad.

En el caso del euro, se ha llegado a un punto de no retorno, de manera que el proceso para su implantación es irreversible, la adaptación ineludible y la rentabilidad cierta.

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