EL PROBLEMA ECONÓMICO  DE LAS EXTERNALIDADES Y SU CORRECCIÓN

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MARCOS MAILOC LÓPEZ DE PRADO Y LÓPEZ
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

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MECANISMOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

 

1.- Introducción. El concepto económico de externalidad entendido como generador de Fallos de Mercado: Separación del Óptimo Paretiano.-

 

El problema de las Externalidades surge por primera vez en el marco analítico de la llamada Economía del Bienestar, integrada en la corriente neoclásica del Vaciado de Mercados.

Los Equilibrios Walrasianos de una Economía Competitiva, caracterizada por ciertas condiciones , ofrecen excelentes resultados en materia de bienestar. En particular, si disponemos una Economía de Intercambio Puro que satisface ciertos requisitos , los dos Teoremas Fundamentales de la Economía del Bienestar  -Teoremas de Optimalidad- garantizan que no hay mejores resultados que los proporcionados por el Equilibrio Walrasiano o Competitivo : Este Corolario es también llamado -en nuestra opinión, desafortunadamente- Teorema de la Mano Invisible, que postula la "no intervención de los Mercados", pues éstos son asignadores eficientes de recursos escasos susceptibles de usos alternativos .

¿Qué sucede cuando alguno de los supuestos sobre los que descansan los Teoremas de la Economía del Bienestar no se cumple? Que se produce un Fallo de Mercado: Los resultados a los que llega el mercado desintervenido dejan de ser necesariamente eficientes u óptimos en el sentido de Pareto . De este punto se derivan dos preguntas naturales: ¿Es posible recuperar la Eficiencia perdida? En caso de serlo, ¿cómo hacerlo?

        Como casi siempre ocurre en Economía, buena parte del problema se resuelve con un correcto planteamiento del mismo. Más allá de tópicos, el mercado no deja de ser un simple mecanismo de coordinación de los agentes, cuyas demandas y ofertas concurren para dar lugar a un vector de precios que determina simétrica y unívocamente otro vector de cantidades, de cuya combinación se deriva el vaciado del mercado. Puesto que el Mercado falla si no se dan ciertas circunstancias, será preciso buscar otro mecanismo de coordinación que satisfaga unos requisitos mínimos: i) Ha de ser congruente con el Mercado; ii) ha de ser aplicable bajo las condiciones que generan el fallo.

Existen, básicamente, dos tipos de mecanismos de coordinación: El Mercado y la Autoridad. Si el Mercado opera eficientemente en la mayoría de los casos, sería factible valerse puntualmente de una Autoridad neutral  en aquellas situaciones "fallidas" .

Como decíamos previamente, bajo ciertos supuestos, el Teorema de la Mano Invisible nos permite considerar al Mercado como un sistema de coordinación entre los agentes basado en los Precios . Ahora bien, si las acciones de un agente afectan a otro por una vía indirecta, distinta de los precios, decimos que existe una Externalidad .

Denominamos Efecto Externo a cualquier efecto indirecto -transmitido por un medio distinto del Precio- de la actividad de consumo o producción de uno o varios agentes sobre el conjunto de consumo o producción de otros agentes. Por consiguiente, es un efecto generado por un agente distinto del agente afectado, y se transmite por una vía distinta del Precio. Análogamente, denominaremos Efecto Interno a toda circunstancia o conducta de uno o varios agentes que interfiera en la determinación del conjunto de consumo o producción de equilibrio de otros vía precios.

        Las Externalidades pueden ser de Consumo o de Producción según la actividad en la que se generan, y Positivas o Negativas. Las Externalidades de Consumo consisten en cualquier actividad de consumo que afecte a la producción o consumo de los agentes. Las Externalidades de Producción aparecen por cualquier actividad productiva que afecte al consumo o producción de otros agentes. La Externalidades Positivas son aquellas de las que se deriva un resultado beneficioso para los afectados, denominándose Negativas en caso contrario.


2.- El problema económico de las externalidades.-

 

De manera un tanto más rigurosa, diremos que un efecto externo existe siempre que una variable sobre la que decide un agente concreto constituye un argumento en las funciones objetivo de otros agentes distintos. Esto significa que, en presencia de efectos externos, las funciones de utilidad Uh(Xh) no tienen como únicos argumentos las cantidades demandadas de los bienes por el consumidor (Xh1, …, Xhn) y que las funciones de producción Xf=Xf(Yf) no tienen como únicos argumentos las cantidades utilizadas de factores por el productor (Yf1, …), sino que ambas incluyen también otras variables cuyo valor no puede ser controlado por el agente afectado.

        Los efectos externos son muy frecuentes y ejemplos bien conocidos son los de una empresa que contamina un curso fluvial, empeorando la calidad de agua que puede ser bebida por un núcleo urbano (efecto externo negativo sobre los consumidores), o como agua de riego por agricultores (efecto externo negativo sobre productores); o los casos en que la satisfacción derivada para el consumidor individual de una determinada cantidad de bienes de consumo depende de los niveles de consumo relativos de sus vecinos (el llamado efecto demostración u ostentación); o, por buscar un efecto externo positivo en la producción, el que representa para la producción de miel el hecho de que las abejas liben néctar de flores que no son cultivadas por el productor de miel.

        Los ejemplos más socorridos de economías externas los constituyen los casos de la educación y la salud pública. El gasto en educación eleva indudablemente la utilidad de quien lo realiza (claro está, en el supuesto de que aproveche el gasto), es decir, el servicio de educación es divisible y vendible, rinde utilidades separadamente a quien lo demanda, excluyendo de su directo disfrute a las personas que no realizan el desembolso del precio correspondiente. Sin embargo, las utilidades generadas por el gasto en el servicio educativo no afluyen todas ellas al consumidor que realizó su demanda. Muchas de estas utilidades se dispersan en el ambiente social captándose, bien por los consumidores (piénsese en la utilidad que ocasiona la elevación del nivel cultural de un país para quien demande servicios culturales, o en términos más directos y económicos, en las elevaciones de la productividad y reducciones de precios con ventaja para los consumidores que permiten los gastos educativos), bien por productores (disponer de una mano de obra instruida constituye una fuente gratuita de productividad de obvia importancia), bien por ambos (la organización de una convivencia democrática con amplias repercusiones para ambos grupos será imposible sin un gasto educativo sustancial), que se beneficiarán gratuitamente del gasto del consumidor en educación. Estas utilidades y beneficios no apropiables disfrutados por quien no pagó el gasto educativo, no mueven la demanda privada de educación que responderá exclusivamente a las utilidades personales y apropiables. En consecuencia, si la provisión de servicios educativos se encomienda a la empresa privada, existirá un déficit productivo, puesto que las empresas de educación privadas no podrán realizar más prestación de servicios que laque demandan los consumidores por sus beneficios directos. Las utilidades y beneficios indirectos, al no ser apropiables mediante la institución del precio, no podrán convertirse por la empresa privada en una fuerza impulsora para la mayor prestación de servicios educativos. Este déficit de producción déficit de producción constituye una deficiencia evidente del sistema de economía de mercado.

        Dos elementos son característicos de estos efectos externos. Uno primero, que dichos efectos no se reflejan directamente en el sistema de precios, lo que les diferencia de las economías pecuniarias externas. En efecto, en ausencia de regulación legal, el contaminante no tiene por qué compensar a los damnificados por la contaminación, ni el fabricante de miel a la naturaleza por tener unas flores mejores que en otra zona. Como es fácil imaginar, es precisamente este carácter de efecto externo que no se articula a través de los precios lo que plantea problemas, ya que crea alteraciones en los costes de producción que no son soportadas por el causante de las mismas. El segundo aspecto a destacar es que los efectos externos no son evitables por quien los sufre o se beneficia de ellos. En este aspecto, los efectos externos se diferencian claramente de los bienes privados, que pueden ser evitados con tal de no adquirlos.

        Desde el punto de vista técnico es fácil imaginar donde puede residir la dificultad de tratamiento del equilibrio competitivo en presencia de efectos externos: Variables que no son precios y que no son controlables por los agentes, afectan a los resultados de los mismos. Incluso, puede pensarse que la introducción de otros argumentos en las funciones objetivo de los agentes puede llegar a hacer que estas pierdan las propiedades de concavidad que son imprescindibles para no solo lograr el equilibrio sino asegurar que este constituye una asignación eficiente.

        La conclusión inmediata es pues que en presencia de efectos externos negativos (respectivamente positivos) se alcanzan por medios competitivos puntos de equilibrio que no constituyen óptimos paretianos. No es difícil intuir que la producción del bien que genera el efecto externo negativo (resp. positivo) es excesiva (resp. insuficiente) para alcanzar la eficiencia.

Todo ello nos lleva a afirmar que, en presencia de externalidades, el sistema competitivo no asignará en forma eficiente los recursos. La explicación de este hecho es también clara: Los efectos externos no se internizan porque carecen de mercado y, al no tener un precio asociado, provocan asignaciones no deseables desde el punto de vista del bienestar colectivo. Por tanto, una posible solución al problema sería tratar de crear un mercado para los efectos externos. Otra posible solución al problema sería fusionar a los sujetos activos y pasivos de la externalidad (por ejemplo, la empresa que produce contaminación y  aquella que la padece), de forma que al maximizarse conjuntamente las funciones objetivo (en nuestro ejemplo, una función de beneficios conjuntos), se tengan en cuenta los costes derivados del efecto externo. En caso de que ninguna de las dos soluciones anteriores sean posibles, la alternativa tendrá que ir por la vía de estudiar posibles medidas fiscales que, impuestas en un régimen competitivo, conduzcan a un equilibrio que cumpla las propiedades de eficiencia paretiana.


3.- Corrección de las externalidades mediante mecanismos públicos.-

 

El primer mecanismo público de aplicación, por su importancia y extensión, es la configuración de un ordenamiento jurídico que atribuya clara y rotundamente los derechos de propiedad a los agentes activos o pasivos de la externalidad. La causa última de las economías externas se debe a una falta de precisión al definir los derechos de propiedad, falta imputable a los crecidos costes que supone tratar de hacerla cumplir. Como F. Knight afirmó hace muchos años, si los derechos de propiedad se definieran con una precisión de forma tal que los bienes económicos o las desutilidades económicas fueran susceptibles de enajenación y se cargasen, en consecuencia a los precios correspondientes al uso de los recursos, desaparecerían muchos efectos externos. Sin embargo, esto no resulta posible en muchos casos, ya que aunque los beneficios (desutilidades o deseconomías) sean divisibles, existen dificultades tecnológicas para hacer operativa esa divisibilidad y adjudicarlos a cada sujeto. En particular, esas economías pueden justificar intervenciones públicas distintas a la regulación de los derechos de propiedad cuando generan efectos externos no de mercado y el grupo relevante al que afectan sea muy numeroso. En tales supuestos y con el fin de contabilizar la totalidad de los costes de oportunidad de las distintas actividades, podrían utilizarse distintas alternativas:

Gravar determinadas actividades mediante impuestos indirectos pigouvianos (efectos externos negativos): Una forma de conseguir que los agentes actúen con arreglo a los costes reales y no sólo privados es gravar con un impuesto al causante del efecto externo negativo. No basta sin embargo con gravar con un impuesto cualquiera, porque si lo que se desea es lograr la eficiencia del equilibrio competitivo será preciso que el impuesto refleje exactamente la valoración del efecto externo. Pese a su atractivo, la solución fiscal tampoco resulta fácil de aplicar, porque requiere que el gobierno disponga de una información difícil de lograr: La valoración precisa del efecto externo, que debe preguntar a los sujetos que la sufren. Pero si éste sabe que el gobierno va a fijar un impuesto según su valoración del daño, es evidente que tendrá incentivos a declarar un daño mayor del real, porque de esta forma el tipo impositivo será superior y su función objetivo llegará a niveles más apetecibles de beneficio y utilidad.
Subsidiar otras actividades (efectos externos positivos): Por analogía con la medida anterior, consiste en subvencionar un efecto externo que es positivo, en lugar de gravarlo como hacíamos antes con el negativo.
Establecer regulaciones para limitar producciones determinadas: Dentro de este grupo de medidas, merece especial consideración el de las invenciones e innovaciones tecnológicas. Las utilidades que se derivan de este proceso no serían obtenidas por la empresa que realizó el invento si el Sector Público no amparase esta especial producción mediante una regulación minuciosa. Esta regulación está constituida por las leyes de patentes que convierten en interna la economía externa, esto es, hacen apropiable (recuperable por el precio) el gasto de la investigación. Debe advertirse que esta apropiación nunca es total (cuando menos, dependerá de la estructura de mercado), de modo que subsisten economías externas importantes en todo proceso de invención e innovación.

La opción entre las medidas expuestas debería hacerse en cada caso planteado, en función de las características de la economía externa y de los costes de "internalizarla" por la intervención pública.


4.- Corrección de las externalidades mediante mecanismos privados.-

 

La medida privada por antonomasia es la creación de mercados de externalidades, para lo cual constituye requisito sine qua non el establecimiento de los derechos de propiedad enunciados en el epígrafe anterior.

Supongamos que existe un mercado para el efecto externo y que el mismo tiene asignado un precio pe que ha de pagar quien produce el efecto. Dicho de otra forma, se trata de suponer que existe una norma legal que exige al generador de efectos externos negativos adquirir previo pago el derecho a contaminar, pago que habrá de efectuarse al agente que sufre el efecto externo adverso, que es quien vende estos derechos.

La solución de equilibrio no implicará un volumen nulo de efectos externos negativos, pero sí inferior al que se produciría si no existiera mercado para los mismos, que es lo que indicaban las condiciones de eficiencia. Este resultado tiene un fuerte atractivo ya que parece indicar la solución para que un mecanismo de asignación descentralizado vía precios pueda conseguir asignaciones de equilibrio competitivo que sean eficientes en presencia de efectos externos. Sin embargo, existen varios inconvenientes a la puesta en práctica de esta solución:

La organización de los mercados de efectos externos puede ser muy costosa, incluso superar a las ganancias de bienestar derivadas del retorno al óptimo. Si, por ejemplo, el causante del efecto externo nocivo es un ganadero que se instala en una zona agrícola y no valla su propiedad (pastando, por tanto, su ganado en parte en zona cultivada), los afectados son fácilmente identificables, los agricultores colindantes, y normalmente serán poco numerosos. En este caso es muy posible que se pueda llegar a un acuerdo óptimo (o un second best) por medios menos formalizados institucionalmente que el mercado y que el resultado final sea el vallado de la propiedad ganadera. Sin embargo, en el caso de una empresa química que contamina una cuenca fluvial, los afectados pueden ser muy numerosos y la organización de un mercado puede requerir el empleo de cuantiosos recursos. En el caso de que el efecto externo sea positivo y tan generalizado que no se pueda determinar con exactitud su precio óptimo, por la imposibilidad de identificar censalmente a los beneficiarios del mismo, tampoco esta solución sería posible y el mercado competitivo conduciría a una producción insuficiente de estos efectos positivos. Este problema tiene consecuencias evidentes en el caso de los bienes públicos.
La tecnología de producción de los efectos externos puede no ser convexa, en cuyo caso la equivalencia entre el Equilibrio General Competitivo y el Óptimo Paretiano se rompe. La no convexidad en este caso conduce a una discontinuidad de la función de oferta del efecto externo que no permite garantizar un equilibrio con asignación eficiente. Es claro que el problema de no convexidades -tecnológicas y/o de preferencias- es mucho más fácil que tenga lugar en el caso de los efectos externos, ya que, a partir de un cierto volumen de los mismos, el perjudicado puede optar por no sufrirlos (V.g., abandonando el lugar) siendo no obstante fuertemente indemnizado si el sistema de derechos de propiedad le concede la misma sobre el efecto externo.

Conviene por último señalar que el haber supuesto que el causante del efecto externo paga y el perjudicado cobra por el mismo no es necesario para alcanzar una asignación eficiente. Si se supusiera lo contrario, que el perjudicado tiene que compensar al generador del efecto externo para que reduzca el tamaño del mismo, las condiciones de eficiencia serían las mismas, lo que es fácil de comprobar sin más que cambiar el signo de pe en las funciones de beneficio (Teorema de Coase). El tema de quien paga, si el perjudicado por serlo en menor cuantía o el causante del pejuicio para resarcir a quienes lo sufren, es algo que afecta tan sólo a la distribución de la renta entre los agentes, pero no a las condiciones de eficiencia del equilibrio.

Por otro lado, cabe recordar la posibilidad de internalizar el efecto externo mediante la integración de empresas. En este caso, el objetivo de ambas en condiciones competitivas será la maximización del beneficio conjunto. Como resultado inmediato, el equilibrio competitivo constituye una asignación eficiente, porque al integrarse ambas empresas el efecto que la primera produce sobre la segunda se internaliza en el sentido de que se tiene en cuenta al maximizar el beneficio conjunto de ambas, por lo que deja de cumplir su papel distorsionador.

 
5.- Conclusiones. El papel de las Externalidades en la Teoría Microeconómica Moderna.-

 

La importancia de los efectos externos en la Teoría Económica moderna se manifiesta en temas tan importantes como el de la relevancia de la información privada en contexto de incertidumbre (Economía de la Información). En la medida en que los contratos no se firman "con el mercado", sino entre dos o más agentes, estos pueden acordar contratos condicionados a sucesos que son observables por ellos, pero no por (todos) los restantes agentes de la economía. Ello abre un amplio abanico de situaciones en que la información privada de ciertos agentes es relevante en el tipo de contratos, entre las que pueden señalarse las siguientes:

En muchas ocasiones, el que un suceso tenga o no lugar no es algo externo a los agentes, sino endógeno a su propio comportamiento, en cuyo caso se plantean problemas de azar moral, que suelen conducir a contratos en los cuales se establecen topes a las posibles cantidades intercambiadas, como forma de limitar los comportamientos dolosos por parte de los contratantes (V.g., en los seguros de coches).
En otros casos, los compradores revelan información privada -sólo conocida hasta ese momento por ellos- por su grado de cumplimiento de los contratos, lo que genera fenómenos de selección adversa o no adversa, en cuyo caso los vendedores tienen incentivos para ofrecer contratos diferentes a agentes que poseen distinta información privada (V.g., contratos laborales a trabajadores con distinta capacitación).
En general, cuando un agente obtiene en un período determinado t información privada relativa a otros agentes, aparecen incentivos a que el primero, al aumentar la información de que dispone, quiera volver a abrir los mercados para poder realizar contratos que en el período inicial (t=0) no eran posibles por carecer de dicha información.
Basta incluso con que en t´ > 0 pueda crearse un nuevo mercado spot  para que la aparición de un precio de equilibrio nuevo proporcione a todos los agentes información no disponible en t=0 y, por tanto, provoque la reapertura de todos los mercados de t´en adelante.

Todos estos son casos en que la estructura de información  de algunos individuos genera “efectos externos” sobre el comportamiento de otros individuos, y ello puede provocar, por ejemplo, que algunos de los axiomas de comportamiento de los agentes individuales necesarios para demostrar la existencia de Equilibrio General Competitivo no puedan ahora postularse. Pensemos, por ejemplo, en el caso del axioma de eliminación gratuita del productor. En un contexto de certeza era autoevidente: si yº es un vector de producción factible, también lo es cualquiera que cumpla y1<ºy. Sin embargo, con incertidumbre, puede suceder que yº sea factible en el sentido de ser compatible con la información existente en la economía, pero que y1 sea una acción que corresponda a estados de la naturaleza no detectables por todos los agentes.

O pensemos, por ejemplo, en el punto (iv) donde aparece un nuevo mercado en un período t´ > 0. Pequeños cambios en los nuevos precios de equilibrio (para t > t´), pese a que transmitan toda la información precisa para que los agentes tomen sus decisiones de optimización correctamente, y sean precios que vacíen los mercados de todos los bienes, pueden provocar modificaciones sustanciales de la información disponible, dando lugar a que las funciones de demanda puedan presentar discontinuidades.

En conclusión, siempre que la estructura de información de los (algunos) agentes pueda cambiar en algún período posterior al inicial, el equilibrio tipo Debreu no será válido, porque los mercados se reabrirán en ese momento, y el modelo Debreu implica que en el período inicial se abren y cierran definitivamente todos los mercados, ya que los agentes pueden realizar sus planes de presente y futuro en t=0 porque la existencia de incertidumbre no afecta a la valoración de sus resultados. En muchos de estos casos, el Equilibrio General Competitivo  ha de modelarse como una secuencia de equilibrios, y el problema de existencia del Equilibrio General Competitivo plantearse no sólo como el de existencia de una secuencia de precios que vacíe en cada período todos los mercados, sino también como un problema de convergencia de esa secuencia y de consistencia entre las expectativas y los planes de los agentes.

 

Santiago de Compostela, a 1 de Noviembre de 1998.-
  Las funciones de exceso de demanda, z(p), i) han de ser homogéneas de grado cero, ii) han de cumplir la Ley de Walras, y iii) han de estar acotadas inferiormente y ser continuas para todos los vectores de precios p ( Sn para los que se encuentran definidas. Si para po ( Sn, z(po) no está definida se supone que   INCRUSTAR Equation.2     .
Si definimos un equilibrio competitivo como un vector de precios p* para el cual zj(p*)(0, (j = 1, ..., n, donde si zj(p*)(0 esto implica p*j = 0. La Ley de Walras podemos formularla como la dependencia lineal de cada una de las funciones de exceso de demanda respecto de las n-1 restantes: pz(p)=0. Como es habitual, los precios se hallan definidos dentro del simplex n-dimensional, p ( Sn = (p/  INCRUSTAR Equation.2     ; p>0( .
   En este caso, sólo se requiere que las preferencias de todos los agentes sean continuas, convexas, monótonas y regulares.
  En resumidas cuentas, el Primer Teorema nos dice que "todo equilibrio walrasiano es Pareto-Eficiente", mientras que el segundo afirma que todo óptimo es descentralizable, es decir, "dada una asignación Pareto-Eficiente, ésta es alcanzable como resultado de un equilibrio walrasiano si es posible redistribuir las dotaciones iniciales".
   Todo lo que precisamos para probar la existencia de equilibrio es que Z(p) sea continua y, además, satisfaga la Ley de Walras. Si Zi(p) es continua (i, Z(p) también lo será, por lo que el equilibrio estará garantizado incluso en economías pequeñas. Incluso no siendo Zi(p) continuas, la agregación Z(p) puede ser continua en economías grandes (con un número suficientemente elevado de agentes, o por replicación), por lo que será aplicable el Teorema del Punto Fijo de Brouwer. Así pues, la continuidad de Zi(p) es condición suficiente, pero no necesaria para garantizar la existencia de equilibrio walrasiano o competitivo.
   Si consideramos una Economía de Intercambio y Producción, los resultados no son mucho peores:
Toda asignación correspondiente a un equilibrio walrasiano es Pareto-eficiente: Las ventajas del intercambio voluntario se agotan.
Cuando las preferencias son convexas, en general toda asignación Pareto-eficiente se puede obtener como resultado de un equilibrio walrasiano, suponiendo que las dotaciones iniciales son redistribuibles.
Toda asignación que sea de máximo bienestar social, es una asignación Pareto-eficiente.
Toda asignación Pareto-eficiente es un máximo de bienestar social para unas determinadas ponderaciones del bienestar, suponiendo preferencias convexas y funciones de utilidad estrictamente cuasi-cóncavas y continuas. En concreto, si la función de bienestar social es una FBS Aditiva o Bergson-Samuelson, toda asignación Pareto-eficiente maximizará el bienestar social: W(x) =   INCRUSTAR Equation.2     , ai=(i-1.
El CORE o NÚCLEO, conjunto de asignaciones factibles no bloqueadas por ninguna coalición dada una determinada dotación inicial w, resulta ser un subconjunto del COP, conjunto de óptimos paretianos.
El equilibrio walrasiano pertenece al CORE, si se satisface el axioma de insaciabilidad local.
   Cabe recordar que el Criterio de Pareto no tiene por qué ser precisamente deseable o justo, pues se inspira en el criticable principio de que, en el resultado final, ninguno de los agentes puede mejorar sin que empeore otro. Más estrictamente, una asignación o estado de la economía x es Pareto-eficiente si no existe otro estado de la economía x´ factible en el que el bienestar de todos los agentes sea al menos igual que en x, y cuando menos un agente prefiera estrictamente x´a x.
   Si se prefiere, la intervención no debe ocasionar una ineficiencia mayor como resultado de su actuación.
   Nótese que los Fallos de Mercado pueden venir caracterizados por el hecho de que i) no existe equilibrio walrasiano (véase nota al respecto), o ii) porque existiendo éste, resulta ser Pareto-Ineficiente (incumplimiento del Primer Teorema de la Economía del Bienestar). Centraremos nuestra atención en el Fallo tipo ii), pues ante el primero no tenemos pauta de actuación: Si ni tan siquiera disponemos de equilibrio, no podremos restaurar la eficiencia dentro del Mercado en tanto no seamos capaces de vaciarlo.
   Las cantidades no aportan mayor información, pues la demanda que iguala a la oferta en el momento del vaciado viene perfectamente determinada por el vector de precios: A cada vector de precios le corresponde un solo vector de cantidades (unicidad del equilibrio), y cada vector de cantidades le corresponde  uno o más vectores de precios dentro de la Caja de Edgeworth.
   De este concepto se han derivado muchos otros. Por ejemplo, los fenómenos derivados de la adaptación de la industria a un nuevo precio de un producto pueden definirse como economías pecuniarias externas (ocurre cuando las funciones de oferta de los factores no tienen elasticidad infinita, lo que conlleva la alteración del precio de los factores como consecuencia de la distinta cantidad demandada de los mismos por la industria) o como economías tecnológicas externas (se caracterizan por la variación de los coeficientes factor/producto, que desplazan las funciones de oferta originales de cada agente).
  Por ejemplo, un mercado de contratación de productos básicos (commodities) para su compra inmediata y al contado.

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