PERFILES CRIMINOLÓGICOS DE LA DELINCUENCIA FEMENINA (extracto)

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Dra. Paz M. de la Cuesta Aguado

Versión del artículo "Perfiles criminológicos de la Delincuencia Femenina" de Paz M. de la Cuesta Aguado, publicado en Revista de Derecho Penal y Criminología, 2 (1992).

 Con mi agradecimiento por la ayuda prestada en la realización de las encuestas a Esther Hava García y M. José Rodríguez Mesa

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1.- Introducción

Antes de entrar en la materia que hoy nos ocupa, no puedo ni quiero dejar de agradecer el trabajo de los miembros del grupo de investigación que, en el seno de la Universidad de Cádiz y más concretamente en el área de Derecho Penal, han realizado sobre delincuencia y victimología femenina y cuyos resultados parciales van a ser objeto de análisis en la segunda parte de mi exposición.

Intentaré abordar el tema de los "perfiles criminológicos de la delincuencia femenina" bajo cuyo enunciado versará mi intervención, distinguiendo en ésta dos partes diferenciadas: en la primera de ellas intentaré presentar ante Uds. una síntesis del panorama doctrinal acerca del perfil criminológico de la delincuencia femenina. En otras palabras, qué características básicas atribuye la doctrina mayoritaria a la delincuencia femenina. Para ello, me centraré en las corrientes más actuales, con las obligadas referencias a sus antecedentes históricos, obviando eso sí, aquellos aspectos que ya han sido analizados en la ponencia anterior.

La segunda parte intentará, desde un punto de vista más empírico, exponer las conclusiones parciales a que nos han conducido los resultados obtenidos mediante la realización de las entrevistas y la investigación realizada por el grupo de investigación sobre delincuencia femenina desde el área de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de Jerez.

Los datos obtenidos y las consecuencias que de ellos se deducen, habrán de ser relacionados con otros estudios anteriores, también de carácter empírico, que nos permitan completar desde un punto de vista histórico, es decir, continuado en el tiempo lo que son las líneas fundamentales de la evolución de la delincuencia femenina en España.

Entraremos a continuación, pues, en la que hemos enunciado como primera parte de esta exposición.

Hasta épocas muy recientes, e incluso hoy en día, los estudios sobre la delincuencia femenina no pasan de ser un mero apéndice -cuando existe- de los estudios sobre delincuencia en general (masculina). Se suele alegar para justificarlo la insignificancia de las cifras de delincuencia femenina respecto a la masculina. Pese a ello, algunos autores han creído distinguir características específicas atribuibles a la criminalidad femenina. Los escasos estudios realizados en nuestro país al respecto han permitido que en la actualidad permanezcan como consagradas científicamente teorías que, en el ámbito de la criminalidad masculina, han sido hace tiempo desechadas.

 

2.- Tratamientos teóricos dados en la literatura al problema de los perfiles criminológicos de la delincuencia femenina.

Así, en algunos casos se ha intentado explicar la delincuencia de la mujer desde la perspectiva de las teorías existentes acerca de la delincuencia en general (Sutherland, Cressey, Cohen, Matza), es decir, sin establecer diferencias entre hombre o mujer a la hora de cometer actos delictivos.

En otras ocasiones, por contra, se ha intentado enfocar el problema desde el punto de vista de las características biológicas y naturales atribuidas como propias al sexo femenino. Así, se ha intentado descubrir especificidades en la mujer delincuente a partir de estudios sobre anormalidades cromosómicas, desórdenes hormonales, síndrome premenstrual, etc.. Estos estudios generalmente trataban de analizar las específicas causas del delito o de la tipología de las delincuentes diferenciándolas no tanto de la delincuencia masculina como de las características de la mujer no delincuente.

Entre estos estudios -básicamente realizados desde ámbitos más médicos que jurídicos- destaca, por ejemplo, la relación entre menstruación y crimen. Desde Hipócrates, se han observado una serie de trastornos psíquicos conductuales y neurovegetativos en relación con la menstruación. Ya Lombroso y Ferrero en 1895 percibían un comportamiento criminal específico relacionado con la menstruación (MORRIS, A., pág. 46), hasta el punto de que se ha llegado a decir (MARSH en MORRIS, A., pág. 46) que el 80% de los crímenes femeninos se producen en el periodo premenstrual. Algunos autores, como FREUD, intentan encontrar la causa de ésto en las bases más profundas de la personalidad femenina, donde la menstruación recuerda a la mujer su status inferior.

Se señala, en este sentido, cómo la pubertad, con la iniciación del ciclo catamenial y el climaterio, como fase última, pasando por la maternidad, parecen relacionarse con un incremento en su actividad delictiva, concretamente en la comisión de robos y hurtos, motivados, al parecer, por una acusada labilidad en el psiquismo femenino durante esos momentos.

Por último, en esta rapidísima síntesis, se ha intentado explicar la delincuencia femenina como un fenómeno que no tiene por qué tener orígenes distintos o específicos dentro del conjunto de la delincuencia en general, pero que en el que sí se podrían distinguir algunas variables que suponen una diferenciación y que justificarían un estudio pormenorizado e individualizado. Dichas variables serían la influencia diferencial del control social informal frente al formal: los controles sociales informales actuarían sobre la mujer con una enorme eficacia, por lo que poco margen de actuación restaría al control social y formal. Su orientación psicosocial predominante es la teoría del rol, representada por autores tales como Figueira-Macdonoug, Burke y Sarri, Smart y en España MIRALLES o CLEMENTE. Estos autores subrayan, básicamente -y a partir de aquí llegan a algunas consecuencias- cómo la mujer ocupa una posición más frustrante en la sociedad y menos gratificante que el hombre.

Quizá fuera conveniente, sin entrar a analizar en profundidad lo que ha sido objeto de estudio en la ponencia anterior, recordar cómo la mayoría de la doctrina que ha tratado el tema de la delincuencia femenina parte de estudios la mayor parte de ellos de carácter empírico, realizados en países anglosajones, que les sirven de base y cuyas premisas acoge la mayoría con escasa visión crítica. A partir de estos estudios se reiteran como características de la delincuencia femenina las siguientes:

Desde LOMBROSO parte importante de la doctrina repite como rasgos de la mujer delincuente su sugestionabilidad, mayor crueldad, tendencia al suicidio, alteraciones de la agresividad consecuencia de los cambios producidos por el ciclo biológico, etc. Es decir, se olvidan las circunstancias sociales para fijar, quizá con exceso, la atención en determinadas características psicológicas de la delincuente, admitiendo implícitamente la idea de que el hombre delincuente "se hace" mientras que la mujer delincuente "nace". Sin embargo, lo cierto es que entre el perfil de la delincuencia femenina y el perfil de la mujer marginada y pobre, existe una gran coincidencia.

En otro orden de cosas, mientras que las estadísticas demuestran que los índices de delincuencia femenina, tradicionalmente e incluso hoy en día, son muy inferiores a los masculinos, se enfatiza, no obstante, el carácter enmascarado de la delincuencia de la mujer, la cual cometería, sin que se descubrieran fácilmente, delitos como el abuso o maltrato de sus hijos o la utilización de métodos domésticos encubiertos como venenos (Pollak). Así, algunos autores ponen en tela de juicio los resultados de las estadísticas, porque no representan la realidad, llegando incluso a afirmarse que, al contrario de lo que las estadísticas cantan, en algunos delitos la delincuencia femenina excede a la masculina. Tales serían los casos de aborto, infanticidio, abandono y crueldad con los niños, alcahuetería. No parece necesario recordar que una afirmación de este tipo puede dar lugar a conclusiones falaces: es fácil que haya más mujeres que cometan delitos de aborto o infanticidio que hombres y la razón parece no necesitar excesivas aclaraciones.

Creo interesante, a este respecto, destacar la idea ya anunciada de que la mayoría de los estudios sobre delincuencia han sido realizados en países anglosajones, especialmente en Estados Unidos. La transposición automática de estas encuestas, como en bastantes ocasiones se ha hecho en nuestro país, da lugar, a mi modo de ver, a una representación falsa de lo que son los perfiles de la delincuencia femenina. Efectivamente, el fenómeno de la delincuencia, como cualquier otro fenómeno social, viene indudablemente matizado por las especiales condiciones que concurren en una determinada sociedad. En este sentido, tienen gran importancia, junto a factores socioeconómicos (marginación, racismo, bolsas de pobreza, etc.) la regulación jurídico-penal aplicable a la sociedad en que se realiza la encuesta. Ello porque, en definitiva, son las leyes penales las que en una sociedad definen qué conductas son delictivas y cuáles no. Y estas normas penales no son idénticas en todos los ordenamientos jurídicos.

Estoy pensando en un supuesto muy concreto. Alguna doctrina, sobre todo a partir de WISE, viene afirmando que la mujer comete delitos sexuales y otros relacionados con el alcohol en proporción similar al hombre. Ello incita a que algunos autores destaquen la alta proporción de delitos "sexuales" cometidos por la mujer.

Entre los que defienden esta postura, algunos matizan que cuando se habla de "delitos sexuales" se hace referencia a la prostitución. Y así se dice: la prostitución es el equivalente para las mujeres a los delitos contra la propiedad en los varones.

Pero estas afirmaciones sólo pueden originar equívocos en ordenamientos como el nuestro. Porque quizá sea cierto que en las clases sociales de menores recursos económicos los varones recurran a los delitos contra la propiedad mientras que las mujeres se dedican a la prostitución, supongo que para superar las precariedades económicas. Y si esto fuera así, quizá podrían extraerse importantes consecuencias de tipo social, pero no la afirmación de que los delitos que más cometen las mujeres son delitos sexuales. Pues el ejercicio de la prostitución en nuestro país, actualmente, no es delito.

Otras corrientes criminológicas más certeras, como por ejemplo la defendida ya en 1942 en EEUU por SHAW y MCKAY observan que la delincuencia femenina oficial se concentra en las zonas más humildes y pobres de las grandes ciudades, zonas que se caracterizan por la desorganización social, segregación racial y étnica pero no por la naturaleza de los individuos.

En este sentido, lo que si parece ser cierto (o al menos así lo entiende el Ministerio de Asuntos Sociales) es que la mayoría de las mujeres reclusas han tenido anteriormente relación con el Tribunal de Menores y proceden de familias numerosas y de escasa formación, con problemas de alcoholismo, además de pertenecer a barrios periféricos de las grandes ciudades.

Retomando de nuevo la idea inicial (es decir, las menores cotas estadísticas de delincuencia femenina) a partir de la segunda mitad del siglo XIX, sobre todo, según destaca WEIS, a partir de los años 60, se observa un incremento notable y ascendente de los índices de esta criminalidad, consecuencia -según el mismo autor- de la "masculinización" que conlleva la liberación de la mujer. En este sentido, ya en 1885 Lombroso había manifestado el miedo que se debería tener ante el hecho de educar a las mujeres, puesto que remover sus características de domesticidad y de maternidad que las mantienen como inocuas semicriminales, podría resultar un hecho desastroso para la humanidad. Sin embargo, otros, como Smart, en su obra La nueva mujer criminal ¿realidad o mito? de 1979, las cantidades brutas de delincuencia femenina, no ha sufrido cambios con respecto a la delincuencia masculina. Sencillamente, el índice de delincuencia en general se ha visto incrementado. En este sentido CANTERAS MURILLO, a partir de datos estadísticos observa como en España las tasas de criminalidad femenina siguen históricamente la misma trayectoria sinusoidal que la delincuencia en general, sin que se aprecie especial incidencia a partir de los años 60 en la proporción existente entre delincuencia masculina y delincuencia femenina, década en que se extienden los principios igualitarios propugnados por el Movimiento de Liberación de la Mujer.

Lo cierto es que desde 1966 a 1990 el número de mujeres detenidas se ha incrementado por cinco, mientras que el número de hombres sólo se ha multiplicado por tres y, desde finales de 1984 a principios de 1987, se ha duplicado la cifra de mujeres reclusas. Aún así, en octubre de 1990 sólo un 8,65% de la población reclusa eran mujeres.

Para justificar esta posible -y para algunos sólo "aparente"- menor delincuencia de las mujeres comparada con la de los hombres, PARMELEE recurre tanto a las condiciones socio-culturales a que tradicionalmente ha estado sometida la mujer como a "que es evidente que la inferioridad física de la mujer en cuanto a su naturaleza física, le impide o le dificulta grandemente un gran número de delitos que requieren fortaleza y audacia".

Además, se dice, es favorecida en cuanto a la reprensión y tratamiento del delito, porque los hombres son más débiles hacia la mujer delincuente". Otros autores, por contra, consideran que históricamente se ha demostrado que a la mujer delincuente se la considera más peligrosa que al hombre, razón por la que se le imponen penas mayores y por la que el índice de preventivas es mayor que entre la población varonil reclusa. En este sentido, en 1984 el 66% y en 1990 el 52% de la internas se encontraban en régimen preventivo. En el fondo, lo que se percibe de la interpretación de estos datos estadísticos es una vez más un esquema mental tradicional que concibe a la mujer como algo distinto e inferior. Si en la conformación de la personalidad confluyen tanto factores biológicos como circunstanciales, son éstos los que configuran la actuación criminal, y no especiales caracteres propios de género.

Otra característica que se destaca como propia de los perfiles criminológicos de la delincuencia femenina, es que el numero de delincuentes que son condenados por primera vez (delincuenciqa primaria) es bastante superior al de los hombres (MORRIS, A., págs. 20 y ss). No obstante, los datos oficiales que se manejan suelen ser poco representativos de la realidad (MORRIS, A., págs 38 y 39).

 

3.- Trabajo realizado en Jerez

En el área de derecho Penal de la Facultad de Derecho, llevamos varios años trabajando e investigando sobre la específica problemática de la delincuencia femenina. Fruto de ese trabajo y en colaboración con el Centro Asesor de la Mujer del Area de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Jerez se ha constituido en esta Universidad un grupo de investigación. En el mismo, dirigido por el prof. Terradillos Basoco, catedrático de derecho penal se han integrado juristas, psicólogos e incluso alumnos de la Facultad de Derecho.

El objetivo que nos marcamos fue la realización de un estudio empírico de carácter comarcal, centrado en la zona de Cádiz-Sevilla sobre las características de la mujer delincuente. Para ello, con la ayuda del profesor de Sociología de la Sección de Cádiz del IAIC, Antonio Valle Cabrera, construimos un cuestionario dirigido a la población reclusa o en libertad condicional a partir del cual hemos extraído los datos provisionales que a partir de este momento voy a manejar, comparándolos con otros resultados de estudios empíricos realizados con anterioridad en nuestro país.

Antes de entrar a analizarlos conviene hacer algunas precisiones:

En primer lugar, hay que resaltar el carácter local de nuestra investigación. Los cuestionarios han sido completados por miembros del grupo de investigación en las siguientes instituciones, a las cuales, indudablemente, estamos profundamente agradecidas.

-Centro Penitenciario de Algeciras.

Para confeccionar estos cuestionarios se han consultado los expedientes personales de las 26 reclusas en el Centro Penitenciario de Algeciras hasta Junio de 1992, tanto penadas como preventivas; de las 26 encuestas, 6 aparecen defectuosas, por lo que nos quedamos con una muestra total de 20.

-Comisión de asistencia social de la provincia de Cádiz.

Para confeccionar estos cuestionarios se han consultado los expedientes personales de 21 reclusas, todas ellas en situación de libertad condicional, siendo el total de la muestra válido.

Se ha intentado así mismo realizar la misma labor de recogida de datos en el Centro Penitenciario de Puerto II, en el Puerto de Santa María, el más cercano geográficamente a Jerez, en el que hay una sección dedicada a mujeres. Sin embargo, nuestros esfuerzos han sido infructuosos y no hemos logrado el permiso necesario, por lo que lamentablemente no podemos contar con esos datos.

-Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaira.

Se han consultado 139 expedientes del total de 179 reclusas. Los restantes 40 expedientes se encontraban en trámite. La consulta se ha efectuado en Octubre de este mismo año.

El carácter local de los datos que manejamos nosotras contrasta con el carácter más general de los datos obtenidos por las investigaciones anteriores realizadas en 1983 y 1987 por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología en el libro de CANTERAS MURILLO Delincuencia Femenina en España y a las que continuamente vamos a ir haciendo referencia.

2.- Debemos destacar también cómo, para extraer conclusiones fidedignas de datos de este tipo, es preciso realizar una labor, por decirlo de algún modo, cíclica. Es decir, sería necesario volver a recabar datos similares y en las mismas instituciones periódicamente.

No obstante, pese a la precariedad de los medios, creo que se pueden observar algunos fenómenos interesantes.

 

En primer lugar, se observa en la última década una interesante evolución en cuanto a la clase de delitos cometidos por mujeres.( Fuente: CANTERAS MURILLO,Delincuencia femenina en España, pág 246)

grupo de delitos 1983 1987

delitos contra la propiedad 57% 63%

d. c. las personas 29 % 10,6%

d.c. la salud pública 11% 22%

 

Tanto en 1983 como en 1987, en nuestro país los delitos más cometidos por las mujeres son delitos contra la propiedad (57% y 63% respectivamente).

En segundo lugar, en 1983 se cometen delitos contra las personas, mientras que en 1987, este segundo lugar lo ocupan los delitos por tráfico de drogas, que pasa del tercer puesto en 1983 al segundo en 1987.(Fuente Ministerio del Interior la mujer en cifras: en robos con violencia o intimidación de 7.787 mujeres frente a 141.981 hombres lo que supone un 0,5% y en delitos contra las personas 2.400 fueron realizados por mujeres mientras que 18.655 fueron realizados por hombres (13 %)

La situación varía sensiblemente en los datos obtenidos en nuestra encuesta, según los cuales, los delitos contra la salud pública supone el 66,5 % del total de los delitos cometidos, seguido por los delitos contra la propiedad que supone el 25,5%, mientras los delitos contra la vida no superan el 3%.

A la vista de estos datos, los delitos contra la salud pública pasan a constituir el núcleo básico de los delitos realizados por las mujeres, en unos porcentajes altísimos.

Si ello fuera así, cosa que realmente creo que se reproduce a nivel nacional, exige el replanteamiento de muchas de las afirmaciones realizadas por la doctrina dedicada a estudiar el tema de la delincuencia femenina.

Los mitos de la crueldad de la mujer envenenadora, o de que el mayor índice de delitos cometidos por la mujer corresponden a delitos sexuales, pierden cualquier base en la que pudieran fundarse. Demuestran, además, que los estudios tendentes a relacionar delincuencia y cambios hormonales en la mujer, con carácter general a efectos jurídicos, no tiene sentido, por la poca trascendencia del problema.

Indica, además, que el pequeño tráfico de drogas cobra dimensiones familiares. Este es un dato que se puede además constatar por otros medios.

En cuanto al nivel cultural de las delincuentes contra la Salud Pública se observa que el índice más alto corresponde a mujeres con nivel cultural medio ((Bachiller- Formación profesional) donde el 75% de los consultados se encontraban cumpliendo condena por delitos contra la Salud Pública, frente al 54,8% de mujeres con formación elemental y el 68,9% de mujeres analfabetas.

Los delitos contra la propiedad sufren por tanto un fuerte descenso. En relación con el nivel cultural de la mujer suponen el 28,9% de los cometidos por analfabetas, el 33,3 % en mujeres con formación elemental y el 25% en mujeres con formación media.

1.- Nivel cultural de la mujer delincuente

De la investigación se deduce el escaso nivel cultural y casi nula especialización profesional de las encuestadas, de las que ninguna había obtenido título universitario y sólo una, lo que supone el 0,62% estaba cursando estudios universitarios.

De los expedientes de las 180 mujeres analizadas, 21 de ellos se desechan por no contener datos relativos a la formación, por lo que nos quedamos con una población total de 159 mujeres. De ellas el 28,3% son analfabetas, el 58,5% tienen una formación elemental, es decir, leen y escriben correctamente, y el 12,6% ha logrado superar los estudios elementales y ha cursado o se encuentra cursando Bachiller o Formación Profesional.

2.- Reincidencia

Destaca del estudio realizado el alto índice de reincidencia que ronda el 64,7%, elevándose sensiblemente cuando se refiere a delitos contra la Salud Pública o propiedad.

El índice de reincidencia entre las que se encuentran cumpliendo condena por delitos contra la Salud Pública es del 68,04 % y en delitos contra la propiedad del 65,30%.

Por contra, en los delitos contra la vida, el índice de reincidencia no supera el 20% y en el resto de los delitos suponen el 57,14%.

Ahora bien, estos últimos datos han de ser tomados con cautela por el escaso número de casos analizados (5 y 7 respectivamente).

Hemos intentado también relacionar la formación cultural con el tipo de delitos cometidos, niveles de reincidencia y consumo de drogas tóxicas y estupefacientes.

De los datos obtenidos, que no expondré en su totalidad por no cansar a los oyentes, se pueden deducir que los niveles de drogadicción entre las condenadas en la zona analizada son muy elevados, si bien destaca y nos parece un dato "curioso" e interesante, cómo mientras el 82% de las condenadas por delitos contra la propiedad o el 60% de las que han cometido delitos contra la vida se reconocen consumidoras de drogas, solo el 30% de las que realizan delitos contra la salud pública reconoce haber consumido alguna vez droga.

Les recuerdo que estos datos se han obtenido a partir de los protocolos -es decir, expedientes- de las internas, donde son ellas mismas las que los aportan.

Por ello, entiendo que los datos de consumo de drogas obtenidos en la delincuencia contra la salud pública no son fiables, pues fácilmente pueden haber sido falseados por la propias internas para acogerse a beneficios penitenciarios.

Considero, sin embargo, este resultado de suma importancia, en cuanto que manifiesta lo poco eficaz de la política de reinserción llevada a cabo por parte de Instituciones penitenciarias y, en general, por la política social del gobierno.

En cuanto al consumo de drogas en relación con el nivel cultural, declaran consumir actualmente o haber consumido alguna vez el 24% de las analfabetas y el 56% de las de educación elemental y media, respectivamente.

3.- Situación familiar

En cuanto a la situación familiar de las mujeres analizadas, destaca así mismo como el 69% no tienen una situación familiar estable, de las que el 44,4% son solteras, el 16% separadas o divorciadas y el 8% viudas, frente al 31% que se declara casada o con pareja de hecho estable, fenómeno, a mi modo de ver, importante en la medida en que va a propiciar también una defectuosa reinserción y mayor marginación de la mujer cuando acabe de cumplir su condena.

4.- Actividad laboral

Finalmente, en cuanto a la actividad laboral desarrollada, un 63% se dedica a labores del hogar, de las que el 43,3% lo realizan en su propio domicilio y el 19,4% en ajenos (es decir, son empleadas de hogar). El 8,2% se dedica a ejercer la prostitución, el 3% a la industria y el 26% al sector servicios.

Relacionando actividad laboral y formación resultará el siguiente cuadro:

 

Analfabeta F.Elemental Bachiller/FP F.Universitaria

----------------------------------------------------------

Hogar 40% 48,1% 25%

Serv.D. 32% 18,1% 6,25%

Prost. 3% 12,1%

Indus. 5% 1,2%

Serv. 20% 20,5% 68,75%

Estudia 100%

-----------------------------------------------------------

100% 100% 100% 100%

 

4.- Conclusiones

En base a todos los datos aportados, podemos concluir que las mujeres que se encuentran cumpliendo condena en la zona Cádiz-Sevilla, proceden mayoritariamente de clases bajas y marginales, con escasos recursos económicos y prácticamente nula formación profesional.

Ello puede explicar por qué los delitos contra la salud pública (66,5%) y contra la propiedad (25,5%) en total suponen aproximadamente el 92% de los cometidos.

La inestabilidad personal, el escaso nivel cultural y las profundas transformaciones sociales producidas, que en estas capas marginales de la sociedad dejan a la mujer "sin la cobertura económica" que suponía tradicionalmente el matrimonio y la falta de una simultánea labor de instrucción, formación y oferta de oportunidades en el ámbito laboral, empuja a estas mujeres a encontrar en la delincuencia su modo de vida. De esta forma, mediante la comisión de delitos contra la propiedad ( hurtos y robos) o el tráfico ilegal de drogas, se obtiene el dinero necesario para subsistir y subvenir a las altísimas cotas de drogadicción en este tipo de delincuencia.

Destacan, por su ausencia, otras tipologías delincuenciales asignadas por la doctrina a la mujer. Así, como denunciábamos al principio de la exposición, el índice de delitos sexuales cometidos por la mujer en nuestro país, es despreciable (sólo se ha constatado un caso de cooperación necesaria al estupro del marido).

La mujer delincuente también deja de ser la "envenenadora", y ya no se caracteriza por una mayor crueldad que los hombres, ni por ser más peligrosa. Al contrario, las cárceles de mujeres requieren unas medidas muy inferiores de seguridad a las de los hombres y son, por lo general, menos conflictivas, pese a la abismal diferencia de instalaciones, medios técnicos y económicos existentes entre unas y otras.

Finalmente, si entre la delincuencia masculina las condenas cumplidas por delitos socioeconómicos son insignificantes -no puedo aportar datos porque no tengo en mi poder datos actualizados-, en la mujer brillan por su ausencia, en parte porque no hay voluntad o posibilidades reales de perseguir este tipo de delincuencia (por ejemplo, las continuas trabas que ponen los partidos políticos y gobiernos a las investigaciones judiciales sobre posibles y monumentales fraudes de sus integrantes) y, en parte, porque desafortunadamente, la mujer aún no ha accedido ni al poder económico ni, mayoritariamente, a la toma de decisiones.

Estas últimas reflexiones me obligan a poner en tela de juicio la función que está cumpliendo la pena y el derecho penal en nuestra sociedad, donde mucho me temo está sirviendo para solventar u ocultar graves deficiencias sociales que los gobiernos y responsables políticos no quieren asumir. El derecho penal se está convirtiendo, y con datos se lo he demostrado, en un derecho penal hecho para pobres y marginados; en un derecho penal pensado para mantener el monopolio económico de unos pocos -los que ya lo tienen- y para ocultar las deficiencias estructurales de una sociedad injusta, que fomenta la mentira y que no sirve ni para reinsertar ni para prevenir el delito, donde la ejecución penitenciaria está plagada de condicionantes políticos y donde, una vez más, se constata que la realidad no es más que una macabra pantomima de la sociedad que describe nuestra Constitución y que se vende por la televisión en etapas electorales.

Copyright Paz M. de la Cuesta.
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